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Hacienda Navarra

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Recaudación

Funciones del Servicio de Recaudación

El Servicio de Recaudación ejercerá las siguientes funciones:

a) La dirección técnica y control de la gestión recaudatoria de la Hacienda Foral de Navarra.

b) La participación en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de Control Tributario en colaboración con el resto de los Servicios.

c) La coordinación con otros entes públicos en la gestión recaudatoria de las deudas y, en su caso, la elaboración y propuesta de acuerdos de colaboración.

d) La concesión o tramitación de los aplazamientos de deudas de acuerdo con las competencias atribuidas por las disposiciones en vigor.

e) La coordinación de criterios y, en su caso, la resolución de los recursos interpuestos contra los actos dictados en el procedimiento de recaudación. No obstante, en los supuestos a los que se refiere el apartado 4 del artículo 29 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, y cuando se hayan impugnado las liquidaciones a las que alcanza el presupuesto habilitante de la derivación de responsabilidad, el Servicio de Recaudación solicitará informe vinculante al órgano que hubiera dictado los actos administrativos de liquidación para resolver sobre la impugnación de las liquidaciones.

f) La dirección y, en su caso, resolución y gestión de las acciones a emprender en los procedimientos concursales o especiales.

g) La fijación de criterios de actuación o ejecución de acciones en la gestión recaudatoria de deudas que afecten a personas o entidades de sectores económicos con dificultades estructurales o coyunturales, con el fin de hacer posible el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda Foral de Navarra.

h) La liquidación de los recargos e intereses que de acuerdo con la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, deban calcularse en la vía recaudatoria.

i) La administración, gestión, desarrollo y actualización de procesos de la Contabilidad Auxiliar de Terceros. Las devoluciones tributarias se realizarán según las instrucciones que dicte el Servicio de Convenio Económico, Análisis Fiscales y Administración en cuanto a su calendario y cuantía.

j) El diseño y desarrollo, en colaboración con el Servicio de Sistemas de Información Tributaria y con el de Asistencia e Información al Contribuyente, de los distintos procedimientos de pago de deudas y de presentación de comunicaciones, solicitudes y otros escritos en materia recaudatoria.

k) La relación con las entidades financieras colaboradoras en materia de recaudación.

l) La realización de las actuaciones necesarias para proceder al pago de los intereses de demora que procedan.

m) La compensación de las deudas de acuerdo con las competencias atribuidas por las disposiciones en vigor.

n) La instrucción de los expedientes de prescripción de oficio, insolvencias, baja de deudas de pequeña cuantía y condonación de deudas.

ñ) La tramitación de la publicación del listado de deudores de la Hacienda Pública de Navarra.

o) Apoyo a la contabilización de las operaciones recaudatorias en el sistema de contabilidad general.

p) La elaboración de objetivos, indicadores de actividad y evaluación de resultados correspondientes al Servicio y la elaboración de la memoria del mismo.

q) Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor o le sean encomendadas por la Dirección Gerencia de la Hacienda Foral de Navarra.

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