Adhesión de empresas y profesionales al Sistema Arbitral de Consumo

Información básica

  • Adhesión: para las empresas y profesionales que quieran someterse al arbitraje, de manera indefinida o por un plazo limitado (no inferior a un año), mediante la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo y la aceptación del arbitraje como vía de resolución de sus conflictos con las y los consumidores.
  • Convenio: para las empresas y profesionales que acepten, exclusivamente, el arbitraje solicitado por un consumidor o una consumidora, para la resolución de un caso concreto.

La adhesión es voluntaria y gratuita. La resolución de un conflicto a través de este sistema implica que no se podrá interponer demanda en la vía judicial por los mismos hechos.

Adhesiones:

 

Convenios:

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Consumo y Arbitraje
Sección de Defensa de los Consumidores y Arbitraje de Consumo
Junta Arbitral de Consumo
Teléfono: 848 427 733 (lunes a viernes de 8:00 a 14:00h.)
Correo electrónico: junta.arbitral.consumo@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Adhesión de empresas al Sistema Arbitral de Consumo

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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