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(Derogada) ORDEN FORAL 121/2022, de 5 de diciembre, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se fijan los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Foral de Navarra para el año 2023.(derogada desde 01/01/2024)

Índice:

Exposición de motivos

REFERENCIAS NORMATIVAS


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(BON nº 250, de 15.12.2022)

Exposición de motivos
En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el Libro II, en su capítulo II, las relaciones con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Hacienda Foral de Navarra.
El artículo 81.1 de dicho reglamento establece que el consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo, forma y demás condiciones en que las entidades colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.
La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2, de los días inhábiles de Pamplona.
La Orden Foral 114/2021, de 18 de octubre, de la consejera de Economía y Hacienda, modificó la Orden Foral 80/2008, de 23 de abril, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra en materia de domiciliación bancaria de pagos relativos a determinadas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias. Como consecuencia de la modificación establecida en el apartado dos del artículo único de la citada orden foral 114/2021, interesa modificar determinados plazos, con el fin de que la recaudación de dicha quincena recoja los cobros obtenidos por la domiciliación de las obligaciones tributarias. Del mismo modo, se han modificado determinadas fechas de abono en cuenta para adecuar los flujos financieros a las necesidades presupuestarias y de tesorería.
En consecuencia,
ORDENO:
1.º Para el año 2023, los plazos y fechas fijados para el abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra y para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las entidades colaboradoras de la Hacienda Foral de Navarra, serán las que se detallan a continuación:
Plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Foral de Navarra para el año 2023
QUINCENASDÍAS QUINCENA (Ambos inclusive)FECHA VALOR ABONO EN CUENTA CTE. GENERALFECHA LÍMITE PRESENTACIÓN DOCUMENTOS O ENVÍO TELEMÁTICO
MesesDenomin./mesNúmero Orden
Enero1.ª124 de diciembre5 de enero10 de enero11 de enero
Enero2.ª26 de enero20 de enero25 de enero26 de enero
Febrero1.ª321 de enero6 de febrero13 de febrero14 de febrero
Febrero2.ª47 de febrero20 de febrero24 de febrero27 de febrero
Marzo1.ª521 de febrero6 de marzo13 de marzo14 de marzo
Marzo2.ª67 de marzo20 de marzo27 de marzo28 de marzo
Abril1.ª721 de marzo5 de abril11 de abril12 de abril
Abril2.ª86 de abril25 de abril28 de abril2 de mayo
Mayo1.ª926 de abril5 de mayo10 de mayo11 de mayo
Mayo2.ª106 de mayo22 de mayo29 de mayo30 de mayo
Junio1.ª1123 de mayo5 de junio12 de junio13 de junio
Junio2.ª126 de junio20 de junio26 de junio27 de junio
Julio1.ª1321 de junio5 de julio10 de julio11 de julio
Julio2.ª146 de julio 20 de julio26 de julio27 de julio
Agosto1.ª1521 de julio7 de agosto14 de agosto16 de agosto
Agosto2.ª168 de agosto21 de agosto28 de agosto29 de agosto
Septiembre1.ª1722 de agosto5 de septiembre11 de septiembre12 de septiembre
Septiembre2.ª186 de septiembre25 de septiembre29 de septiembre2 de octubre
Octubre1.ª1926 de septiembre5 de octubre10 de octubre11 de octubre
Octubre2.ª206 de octubre25 de octubre30 de octubre31 de octubre
Noviembre1.ª2126 de octubre6 de noviembre13 de noviembre14 de noviembre
Noviembre2.ª227 de noviembre20 de noviembre27 de noviembre28 de noviembre
Diciembre1.ª2321 de noviembre5 de diciembre11 de diciembre12 de diciembre
Diciembre2.ª246 de diciembre26 de diciembre29 de diciembre2 de enero
2.º El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por correo electrónico a la Sección de Tesorería (seccion.tesoreria@navarra.es) antes de las 15 horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.
3.º Notificar esta orden foral al Servicio de Presupuestos y Programación Económica, al Servicio de Contabilidad, al Servicio de Intervención, al Servicio de Recaudación, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las entidades financieras colaboradoras, y disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

REFERENCIAS NORMATIVAS
La Orden Foral 121 /2022, de 5 de diciembre, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se fijan los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Foral de Navarra para el año 2023, fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra nº 250, de 15 de diciembre de 2023.
El presente texto recoge íntegra la norma originaria que desde la fecha de su publicación hasta la fecha de esta edición no ha sufrido ninguna modificación.
La función de esta edición es recopilatoria y divulgativa, y su contenido en ningún caso puede ser considerado como un texto de carácter oficial, carácter reservado a los publicados en el Boletín Oficial de Navarra.