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ORDEN FORAL 81/2015, de 25 de noviembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 184 "Declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas"

Índice:

Artículo 1. Aprobación del modelo 184

Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 184.

Artículo 3. Objeto y contenido de la declaración.

Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 184

Artículo 5. Forma de presentación del modelo 184

Artículo 6. Identificación de los soportes directamente legibles por ordenador y forma de presentación de éstos.

Artículo 7. Condiciones generales para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo 184.

Artículo 8. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo 184.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición final única. Entrada en vigor.

REFERENCIAS NORMATIVAS

ANEXO I

ANEXO II


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(Boletín Oficial de Navarra nº 255, de 24 de diciembre de 2015).
Mediante Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, del Consejero de Economía y Hacienda, se aprobó el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y los diseños físicos y lógicos para su presentación en soporte directamente legible por ordenador, y se establecían las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática por Internet.
Las diversas modificaciones que ha sufrido el modelo, así como la necesidad de adaptarlo de nuevo a las modificaciones normativas acaecidas desde la última adaptación, hacen aconsejable aprobar un nuevo modelo 184 de declaración informativa.
Por una parte, la Ley Foral 29/2014, de 24 de diciembre, de reforma de la normativa fiscal y de medidas de incentivación de la actividad económica, modifica, entre otros, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Entre las modificaciones introducidas se encuentra la incorporación a la parte especial del ahorro, de los incrementos y disminuciones de patrimonio que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales con independencia del plazo de permanencia de los mismos en el patrimonio del contribuyente, por lo que ya no resulta necesaria la diferenciación de las mismas en el modelo 184.
Por otra parte, en aquellos supuestos en que se obtienen rendimientos del capital inmobiliario a través de entidades en régimen de atribución de rentas, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas deben identificar en su autoliquidación por dicho impuesto la situación catastral de cada inmueble del que proceden los rendimientos, así como, introducir manualmente su número de referencia catastral. Por ello, se procede a incorporar dicha información al modelo 184 de declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas, con el objeto de que la obtención de la información mencionada se lleve a cabo de una forma más eficiente y cómoda para el contribuyente.
Otra mejora de carácter técnico que debe incorporarse al modelo 184 tiene por objeto incrementar el detalle de los gastos soportados por las entidades en régimen de atribución de rentas que llevan a cabo actividades económicas, acercándolo al definido en la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. De esta manera, se incorpora un nuevo campo al modelo 184 que recogerá, con carácter desagregado, el importe de los gastos deducibles soportados por la entidad en concepto de gastos de personal, adquisiciones a terceros de bienes y servicios, tributos fiscalmente deducibles y gastos financieros, y otros gastos fiscalmente deducibles.
Igualmente, se hace necesario adaptar el contenido de algunos campos del modelo a los cambios normativos que han tenido lugar en los últimos años, actualizando las deducciones en vigor en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades, así como las normas jurídicas a que deben referirse las descripciones de dichos campos.
Por otro lado, la Ley 14/2015, de 24 de junio, por la que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, incorpora un párrafo en el artículo 46.2 del mismo, donde se regulan las obligaciones de información.
Así pues, conforme al artículo 46.2 del Convenio Económico, las declaraciones que tengan por objeto dar cumplimiento a las distintas obligaciones de suministro general de información tributaria legalmente exigidas deberán presentarse, con arreglo a su respectiva normativa, ante la Administración del Estado o ante la Comunidad Foral, con arreglo a los siguientes criterios:
a) Tratándose de obligados tributarios que desarrollen actividades empresariales y profesionales, ante la Administración a la que corresponda la competencia para la inspección de dichas actividades.
b) Tratándose de obligados tributarios que no desarrollen actividades empresariales o profesionales, según que estén domiciliados fiscalmente en territorio común o foral.
A los efectos de lo dispuesto en las letras anteriores, cuando se trate de herencias yacentes, comunidades de bienes u otras entidades carentes de personalidad jurídica, las referidas declaraciones deberán asimismo presentarse ante la Administración en la que estén domiciliados fiscalmente sus miembros o partícipes.
De esta manera se amplía la obligación de presentar las declaraciones a aquellas entidades en régimen de atribución de rentas cuyos partícipes estén domiciliados fiscalmente en Navarra.
Por todo ello, de conformidad a la habilitación conferida en el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008,de 2 de junio, así como en el artículo 62 bis.4 del Reglamento de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, y en el artículo 6 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria,
ORDENO:

Artículo 1. Aprobación del modelo 184
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Uno, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
Se aprueba el modelo 184 "Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas", cuyo contenido figura en el anexo I.
(Redacción anterior dada por la Orden Foral 142/2021, de 15 de diciembre, BON nº 294, de 31.12.21, artículo tercero, apartado Uno, con efectos a partir del 1 de enero de 2021):
Se aprueba el modelo 184 "Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas", que se presentará por vía electrónica a través de internet con arreglo a las condiciones generales y al procedimiento contenidos en los artículos 7 y 8, respectivamente.

Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 184.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Dos, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
1. Deberán presentar la declaración informativa anual correspondiente al modelo 184 ante la Administración de la Comunidad Foral de Navarra las entidades en régimen de atribución de rentas a que se refiere la subsección 1.ª de la sección 5.ª del capítulo II del título III del Texto Refundido de la Ley Foral del impuesto sobre la renta de las personas físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y el capítulo V del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2004, de 5 de marzo, de conformidad con los criterios de competencia establecidos en el artículo 46.2 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
(Redacción anterior):
1. Deberán presentar la declaración informativa anual correspondiente al modelo 184 ante la Administración de la Comunidad Foral de Navarra las entidades en régimen de atribución de rentas a que se refieren los artículo 47 a 49 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y el capítulo V del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2004, de 5 de marzo, de conformidad con los criterios de competencia establecidos en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
Deberán presentar asimismo la declaración informativa anual correspondiente al modelo 184 ante la Administración de la Comunidad Foral de Navarra las entidades en régimen de atribución de rentas cuyos miembros o partícipes estén domiciliados fiscalmente en Navarra.
2. No obstante lo anterior, no estarán obligadas a presentar la citada declaración anual:
a) las entidades en régimen de atribución de rentas mediante las que no se ejerzan actividades empresariales o profesionales y cuyas rentas no excedan de 3.000 euros anuales.
b) las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica, a que se refiere el artículo 39 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo.
3. En el caso de entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en España, la obligación de suministro de información deberá ser cumplida por quien tenga la consideración de representante de la entidad en régimen de atribución de rentas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.4 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.
4. En el caso de entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero, la citada obligación deberá ser efectuada por cualquiera de los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 3. Objeto y contenido de la declaración.
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 62 bis del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en esta declaración informativa anual deberá constar la siguiente información, ajustada al modelo 184 que se aprueba en esta Orden Foral:
a) Datos identificativos de la entidad en régimen de atribución de rentas y, en su caso, los de su representante.
b) Identificación, domicilio fiscal y número de identificación fiscal de sus socios, herederos, comuneros o partícipes, residentes o no en territorio español, incluyendo las variaciones en la composición de la entidad a lo largo del período impositivo.
En caso de que alguno de los miembros de la entidad no sea residente en territorio español, identificación de quien ostente la representación fiscal del mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo.
En el caso de entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero, identificación, en los términos previstos en los párrafos anteriores, de los miembros de la entidad contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o sujetos pasivos por el Impuesto sobre Sociedades, así como de los miembros de la entidad contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes respecto de las rentas obtenidas por la entidad sujetas a dicho impuesto.
c) Importe total de las rentas obtenidas por la entidad y de la renta atribuible a cada uno de sus miembros, con especificación, en su caso, de:
1º. Ingresos íntegros y gastos deducibles por cada fuente de renta.
2º. Importe de las rentas de fuente extranjera, señalando el país de procedencia y los rendimientos íntegros y gastos.
3º. Las entidades en régimen de atribución de rentas que adquieran acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva deberán hacer constar la identificación de la institución de inversión colectiva cuyas acciones o participaciones se hayan adquirido o suscrito, fecha de adquisición o suscripción y valor de adquisición de las acciones o participaciones.
4º. En el supuesto de que se hubiesen devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios, se deberá identificar a la persona o entidad, residente o no residente, cesionaria de los capitales propios.
d) Bases de las deducciones.
e) Importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y los atribuibles a cada uno de sus miembros.
Asimismo, se informará de los apellidos y nombre o razón social de la persona o entidad retenedora y de su Número de Identificación Fiscal.
f) Importe neto de la cifra de negocios, determinado de acuerdo con el artículo 35.2 del Código de Comercio.
2. Las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español únicamente deberán consignar la parte de renta atribuible a los miembros residentes de la entidad.

Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 184
El modelo 184 se presentará en el período comprendido entre el 1 de enero y el 20 de febrero de cada año, en relación con las rentas obtenidas por la entidad y las rentas atribuibles a cada uno de sus miembros en el año natural inmediatamente anterior.

Artículo 5. Forma de presentación del modelo 184
La presentación del modelo 184 se realizará por vía electrónica a través de Internet, de conformidad con las condiciones generales y el procedimiento establecidos en los artículos 7 y 8.
(Artículo 6 derogado por Orden Foral 142/2021, de 15 de diciembre, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifican los modelos informativos 180, 182, 184, 187, 189, 190, 198, 289 y 296.)

Artículo 6. Identificación de los soportes directamente legibles por ordenador y forma de presentación de éstos.
Artículo 7. Condiciones generales para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo 184.
1. La presentación electrónica de las declaraciones correspondientes al modelo 184 estará sujeta a las siguientes condiciones:
a) El declarante deberá disponer de Número de Identificación Fiscal (NIF).
b) El declarante deberá disponer de un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica utilizando un certificado electrónico cualificado que resulte admisible por la Hacienda Foral de Navarra, conforme a la legislación vigente en la materia.
Los prestadores de servicios de certificación y los certificados electrónicos autorizados se encuentran relacionados en el apartado correspondiente, al que se accede a través de la dirección de Internet https://hacienda.navarra.es.
c) En el caso de obligados tributarios personas físicas también se podrá realizar la presentación mediante el sistema Cl@ve, sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para todo el Sector Público Administrativo Estatal, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, así como otras Administraciones Autonómicas o Entidades Locales que se incorporen, regulado en la Orden PRE/1838/2014, que permite al ciudadano relacionarse electrónicamente con los servicios públicos mediante la utilización de claves concertadas, previo registro como usuario de la misma.
En los casos que determine la Hacienda Foral de Navarra, se podrán admitir para personas físicas otros sistemas de identificación de clave concertada.
d) Si el presentador es una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas, de conformidad con lo dispuesto en la Orden Foral 130/2009, de 29 de junio, por la que se aprueba el Acuerdo de colaboración externa en la presentación por vía telemática de declaraciones en representación de terceras personas, deberá disponer del certificado electrónico cualificado que resulte admisible por la Hacienda Foral de Navarra, al que se refieren las letras b) y c) anteriores.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Uno, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
e) El declarante o, en su caso, el presentador autorizado, deberá utilizar previamente un programa de ayuda para obtener el fichero con la declaración a transmitir, salvo que opte por la utilización del formulario web habilitado para la presentación electrónica. El programa de ayuda podrá ser el desarrollado por la Hacienda Foral de Navarra para las declaraciones correspondientes al modelo 184 u otro que obtenga un fichero con el mismo formato.
El contenido de dichos ficheros se deberá ajustar a los diseños de registros establecidos en el anexo II.
(Redacción anterior):
e) El declarante o, en su caso, el presentador autorizado, deberá utilizar previamente un programa de ayuda para obtener el fichero con la declaración a transmitir, salvo que opte por la utilización del formulario habilitado para la presentación electrónica. El programa de ayuda podrá ser el desarrollado por la Hacienda Foral de Navarra para las declaraciones correspondientes al modelo 190 u otro que obtenga un fichero con el mismo formato.
El contenido de dichos ficheros se deberá ajustar a los diseños de registros establecidos en el Anexo de esta Orden Foral.
f) Los declarantes deberán tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la citada presentación electrónica y que se encuentran publicadas en la página web de la Hacienda Foral de Navarra, en la dirección de Internet https://hacienda.navarra.es.
2. En aquellos casos en que se detecten anomalías de tipo formal en la transmisión electrónica de declaraciones, dicha circunstancia se pondrá en conocimiento del declarante por el propio sistema mediante los correspondientes mensajes de error, para que proceda a su subsanación."

Artículo 8. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo 184.
El procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones será uno de los dos siguientes:
1. Desde el formulario Web, se deberá seguir este proceso:
a) Acceder al servicio de trámites con Hacienda, desde el Portal de Navarra.
b) Seleccionar el modelo de la declaración a realizar, cumplimentando todos los datos necesarios para poder presentar la declaración.
c) Una vez cumplimentada la declaración, utilizar la opción de enviar. El sistema validará la declaración cuando ésta sea correcta. Cuando se detecten errores se comunicarán a través del formulario y no se permitirá presentar la declaración hasta que sean corregidos. Una vez que la declaración sea correcta, el sistema comunicará el número asignado a la declaración presentada, y la posibilidad de imprimirla para obtener un justificante de la misma.
2. Desde el programa de ayuda desarrollado por la Hacienda Tributaria de Navarra, se deberá seguir este proceso:
a) Cumplimentar la declaración en el programa de ayuda.
b) Una vez cumplimentada la declaración, es necesario validarla previamente a su presentación.
c) Una vez validada la declaración, se permitirá enviarla por Internet. En el envío se puede incluir más de una declaración, siempre que pertenezcan al mismo modelo y año.
d) Una vez enviada la declaración, el sistema le responderá con el número de recibo, fecha y hora de presentación. Posteriormente, cuando el envío haya sido validado y procesado, podrá ser visto su resultado desde las consultas de lotes disponibles en el programa de ayuda.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Cuatro que adiciona el apartado 3, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
3. Excepcionalmente, cuando la declaración a presentar contenga más de 12.000 registros, desde el formulario auxiliar de modelos informativos:
a) Acceder al formulario auxiliar de modelos informativos (994) a través del servicio de trámites con Hacienda, desde el Portal de Navarra.
b) Seleccionar el modelo de la declaración a realizar: M184.
c) Adjuntar el fichero con la declaración a transmitir.
(Redacción anterior del aparado 3, no existía):

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en aquello que se opongan a lo dispuesto en esta Orden Foral.
2. En particular, queda derogada la Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática por Internet.

Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y será aplicable a las declaraciones del modelo 184 que deban presentarse a partir de 1 de enero de 2016.

REFERENCIAS NORMATIVAS
Texto en vigor de la Orden Foral 81/2015, que incluye las siguientes modificaciones:
1º) Orden Foral 151/2016, de 14 de diciembre (Boletín Oficial de Navarra nº 249, de 29 de diciembre de 2016).
2º) Orden Foral 71/2019, de 4 de diciembre (Boletín Oficial de Navarra nº 250, de 23 de diciembre de 2019)
3º) Orden Foral 142/2021, de 15 de diciembre (Boletín Oficial de Navarra nº 294, de 31 de diciembre de 2021)
4º) Orden Foral 1/2023, de 11 de enero, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifican las órdenes forales que aprueban los modelos 181, 184, 196, 198 y 280. (BON nº 24, de 03.02.23)
5º) Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 81/2015, de 25 de noviembre, del consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 184 "Declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas". (BON nº 261, de 19 de diciembre de 2023)
El texto completo de cada una de las anteriores normas puede obtenerse acudiendo al BON en el que fueron publicadas o acudiendo a las Recopilaciones Cronológicas tributarias de cada año, ofrecidas también en Internet en la web de la Hacienda Foral de Navarra.
Este texto recoge la presente norma después de tener en cuenta dichas posibles modificaciones, en su redacción en vigor actualizada al día que figura en el lugar de la web de Internet de la Hacienda Foral de Navarra desde donde ha sido obtenido.
La función de esta edición es recopilatoria y divulgativa, y su contenido en ningún caso puede ser considerado como un texto de carácter oficial, carácter reservado a los publicados en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO I
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Cinco, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
(Redacción anterior):
Modelo de impreso

ANEXO II
DISEÑOS LÓGICOS A LOS QUE DEBEN AJUSTARSE LOS ARCHIVOS QUE SE GENEREN PARA LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DEL MODELO 184
Los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación de la Declaración Informativa de Entidades en Régimen de Atribución de Rentas, Modelo 184, habrán de cumplir las siguientes características:
A) DISEÑOS LÓGICOS
DESCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS
Para cada Declarante se incluirán dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:
Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y resumen de la declaración. Diseño de tipo de registro 1 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de esta orden foral.
Tipo 2: Registro de Entidad y registro de socio, heredero, comunero o partícipe. Diseño de tipo de registro 2 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de esta orden foral.
El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro del tipo 1 y tantos registros del tipo 2 como claves y subclaves declaradas por la entidad y declaradas por cada socio, heredero, comunero o partícipe.
Todos los campos alfanuméricos y alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas sin caracteres especiales, y sin vocales acentuadas.
Para los caracteres específicos del idioma se utilizará la codificación ISO-8859-1. De esta forma la letra "Ñ" tendrá el valor ASCII 209 (Hex. D1) y la "Ç"(cedilla mayúscula) el valor ASCII 199 (Hex. C7).
Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda sin signos y sin empaquetar.
Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y tanto los alfanuméricos como los alfabéticos a blancos.
En los supuestos de presentación colectiva (más de un declarante en el mismo archivo) se presentará como primer registro del soporte un registro tipo cero, con arreglo al diseño del tipo de registro cero que se incluye a continuación en este mismo apartado, el cual contendrá los datos de la persona o entidad responsable de la presentación y existirá, en todo caso, aunque dicha persona o entidad figure también en el soporte como declarante. A continuación, seguirán los datos del primer declarante (tipo 1), seguidos de sus declarados (tipo 2); a continuación, los datos del siguiente declarante y así sucesivamente.
MODELO 184
A.- TIPO DE REGISTRO 0
Presentación colectiva
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTIPO DE REGISTRO.Constante '0'(cero)
2-4NuméricoMODELO DE DECLARACION.Constante '184'
5-8NuméricoEJERCICIO. Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponden las declaraciones incluidas en el soporte
9-17AlfanuméricoNIF DEL PRESENTADOR.Se consignará el NIF del presentador.Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, y en el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él
18-57AlfanuméricoAPELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL PRESENTADOR. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1
58-109AlfanuméricoDOMICILIO DEL PRESENTADOR.Este campo se subdivide en nueve:
58-59SG: Siglas de la vía pública.
60-79VIA PÚBLICA: Nombre de la Vía Pública. Ha de ser alfabético y, en consecuencia, la que tenga números en su nombre se consignará con letras (ej.: 2 de mayo, será dos de mayo). En caso de ser una carretera se finalizará con la abreviatura Km.
80-84NUMERO: Número de la casa o punto kilométrico (sin decimales). Ha de ser numérico de cinco posiciones.
85-86ESCALERA.
87-88PISO.
89-90PUERTA.
91-95CODIGO POSTAL: El que corresponda al domicilio del presentador. Ha de ser numérico de cinco posiciones.
96-107MUNICIPIO: Ocupa doce posiciones. Si el nombre excede de doce caracteres se consignarán los doce primeros, sin artículos ni preposiciones.
108-109CODIGO PROVINCIA: Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el campo "CODIGO PROVINCIA" del registro de socio, heredero, comunero o partícipe (Tipo 2, Tipo de hoja, posición 76, "S"). Numérico.
110-114NuméricoTOTAL ENTIDADES DECLARANTES. Se indicará el número total de Entidades Declarantes incluidas en el soporte colectivo. (Número de registros de tipo 1 grabados)
115-123NuméricoTOTAL REGISTROS DE SOCIOS, HEREDEROS, COMUNEROS O PARTICIPES. Se indicará el número total de registros de tipo 2 de Socios, Herederos, Comuneros o Partícipes relacionados en el soporte colectivo. Dicho número habrá de coincidir con la suma de las cantidades reflejadas en las posiciones 136 a 144 de los registros tipo 1 correspondientes a los declarantes incluidos en el soporte (Número de registros de Socios, Herederos, Comuneros o Partícipes (registro de tipo 2) con Tipo de Hoja, posición 76, igual a "S")
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Seis, modifica la descripción del campo que ocupa la posición 124, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
124AlfabéticoTIPO DE SOPORTE. Se cumplimentará con la siguiente clave:
'T': Transmisión telemática
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
124AlfabéticoTIPO DE SOPORTE. Se cumplimentará con la siguiente clave: "T": transmisión telemática
'C': Si la información se presenta en soporte
'T': Transmisión telemática
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
125-173AlfanuméricoPERSONA CON QUIEN RELACIONARSE. Datos de la persona con quien relacionarse. Este campo se subdivide en dos:
125-133TELEFONO: Campo numérico de 9 posiciones.
134-173APELLIDOS Y NOMBRE: Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.
174-487BLANCOS
488-500AlfanuméricoSELLO ELECTRONICO. Campo reservado para el sello electrónico en presentaciones colectivas, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Foral de Navarra. En cualquier otro caso se rellenará a blancos
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
MODELO 184
B.- TIPO DE REGISTRO 1
Registro del declarante
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTIPO DE REGISTRO.Constante '1'(uno)
2-4NuméricoMODELO DECLARACION.Constante'184'
5-8NuméricoEJERCICIO.Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración
9-17AlfanuméricoNIF DEL DECLARANTE.Se consignará el NIF de la entidad en régimen de atribución de rentas. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, y en el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él
18-57AlfanuméricoDENOMINACIÓN O RAZON SOCIAL DEL DECLARANTE. Para entidades en régimen de atribución de rentas se consignará la razón social completa, sin anagrama.En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Siete, que modifica la descripción del campo 58, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
58AlfabéticoTIPO DE SOPORTE.Se cumplimentará con la siguiente clave:
'T': Transmisión telemática
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
58AlfabéticoTIPO DE SOPORTE.Se cumplimentará con la siguiente clave: "T": transmisión telemática
'C': Si la información se presenta en soporte directamente legible por ordenador
'T': Transmisión telemática
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59-107AlfanuméricoPERSONA CON QUIEN RELACIONARSE. Datos de la persona con quien relacionarse. Este campo se subdivide en:
59-67TELEFONO: Numérico de 9 posiciones
68-107APELLIDOS Y NOMBRE: Se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden
108-120NuméricoNUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACION. Se consignará el número de justificante correspondiente a la declaración
121-122AlfabéticoDECLARACION COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA. En el caso excepcional de segunda o posterior presentación de declaraciones, deberá cumplimentarse obligatoriamente uno de los siguientes campos:
121DECLARACION COMPLEMENTARIA.Se consignará una "C" si la presentación de esta declaración tiene por objeto incluir nuevos registros de tipo 2 que, debiendo haber figurado en otra declaración del mismo ejercicio presentada anteriormente, hubieran sido completamente omitidos en la misma
122DECLARACION SUSTITUTIVA.Se consignará una "S" si la presentación tiene como objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior, del mismo ejercicio. Una declaración sustitutiva sólo puede anular a una única declaración anterior
123-135NuméricoNUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACION ANTERIOR.Únicamente en el caso de que se haya consignado "S" en el campo "DECLARACIÓN SUSTITUTIVA" se consignará el número de justificante correspondiente a la declaración a la que sustituye.En cualquier otro caso deberá rellenarse a ceros
136-144NuméricoNUMERO TOTAL DE REGISTROS DE SOCIOS, HEREDEROS, COMUNEROS O PARTICIPES. Se consignará el número total de registros de socios, herederos, comuneros o partícipes declarados en el soporte para este declarante. (Número de registros de Socios, Herederos, Comuneros o Partícipes (registro de tipo 2) con Tipo de Hoja, posición 76, igual a "S")
145-146NuméricoENTIDADES EN REGIMEN DE ATRIBUCION DE RENTAS CONSTITUIDAS EN ESPAÑA.Se compone de los subcampos:
145TIPO DE ENTIDAD.Se hará constar el dígito indicativo del tipo de entidad, de acuerdo con la siguiente relación:
1Sociedad civil.
2Comunidad de bienes.
3Herencia yacente.
4Comunidad de propietarios.
5Otras.
146ACTIVIDAD PRINCIPAL (Clave).Se hará constar el dígito que corresponda a la actividad principal realizada por la entidad, de acuerdo con la siguiente relación:
1Actividad empresarial.
2Actividad profesional.
3Tenencia y administración de bienes inmuebles.
4Tenencia y administración de valores o activos financieros.
5Otras.
147-155AlfanuméricoENTIDADES EN REGIMEN DE ATRIBUCION DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO.Se compone de los subcampos:
147TIPO DE ENTIDAD. Campo numérico.Se hará constar el dígito indicativo del tipo de entidad, de acuerdo con la siguiente relación:
1Corporación, asociación o ente con personalidad jurídica propia.
2Corporación o ente independiente pero sin personalidad jurídica propia.
3Conjunto unitario de bienes pertenecientes a dos o más personas en común sin personalidad jurídica propia.
4Otras.
148OBJETO (Clave). Campo alfabético.Se hará constar la actividad o finalidad a la que principalmente se dedica la entidad declarante, de acuerdo con la siguiente relación:
ARealización de una actividad de naturaleza empresarial (actividad productiva, extractiva, industrial, comercial, de distribución de bienes o productos, etc.)
BRealización de una actividad de naturaleza profesional (asesoramiento, consultoría, mediación, actividad artística, etc.).
149-150CLAVE PAIS. Campo alfabético.Si la entidad en régimen de atribución de rentas está constituida en el extranjero deberá consignar como clave país los dos dígitos correspondientes al país o territorio en el que esté constituida, de acuerdo con los códigos de países y territorios aprobados en el Anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 196
151-155PORCENTAJE DE RENTA ATRIBUIBLE A MIEMBROS RESIDENTES. Campo numérico.Se consignará el porcentaje correspondiente a la parte de renta que resulte atribuible a los miembros residentes de la entidad. Este campo se subdivide en otros dos:
151-153ENTERO. Se consignará la parte entera del porcentaje (si no tiene, consignar ceros).
154-155DECIMAL. Se consignará la parte decimal del porcentaje (si no tiene, consignar ceros).
156AlfabéticoTRIBUTACION EN REGIMEN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.Se consignará "X" si todos los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas son contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente
157-171NuméricoIMPORTE NETO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS.Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe neto de la cifra de negocios de la entidad en régimen de atribución de rentas, de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 35.2 del Código de Comercio.Este campo se subdivide en dos:
157-169PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
170-171PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
172-180AlfanuméricoNIF DEL REPRESENTANTE.Se consignará el NIF del representante de la entidad en régimen de atribución de rentas.Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, y en el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él
181-220AlfanuméricoAPELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL REPRESENTANTE.Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.Para personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas se consignará la razón social completa, sin anagrama.En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial
221-487BLANCOS
488-500AlfanuméricoSELLO ELECTRONICO. Campo reservado para el sello electrónico en presentaciones individuales, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Foral de Navarra. En cualquier otro caso y en presentaciones colectivas se rellenará a blancos
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
MODELO 184
NOTA: Se consignará un registro por cada clave o subclave de rendimientos, deducciones o retenciones atribuibles para los que se haya consignado un importe.
C.- TIPO DE REGISTRO 2
Registro de Entidad
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTIPO DE REGISTRO. Constante '2' (dos)
2-4NuméricoMODELO DECLARACION. Constante '184'
5-8NuméricoEJERCICIO. Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1
9-17AlfanuméricoNIF DEL DECLARANTE. Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1
18-26AlfanuméricoNIF ENTIDAD. Consignar lo contenido en el campo "NIF del declarante" (posiciones 9-17 del registro de tipo 1)
27-29NuméricoEJERCICIO. ORDEN DE LA RETENCIÓN A LA ENTIDAD. Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne la letra "A", "C", "D", "F" o "G" y se declare la retención asociada consignado la letra "K" en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se indicará en este campo el número de orden asociado a ambas claves (mismo número para la clave "K· que para la clave "A", "C", "D", "F" o "G")
30-35BLANCO
36-75AlfanuméricoDENOMINACION O RAZON SOCIAL DEL DECLARANTE.Consignar lo contenido en el campo "Denominación o razón social del declarante" (posiciones 18-57 del registro de tipo 1)
76AlfabéticoTIPO DE HOJA.Constante "E" (Entidad)
77AlfabéticoCLAVE.Se consignará la clave alfabética que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación siguiente:
ARENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO
BIDENTIFICACION DE LA PERSONA O ENTIDAD CESIONARIA DE LOS CAPITALES PROPIOS.En el supuesto de que la entidad en régimen de atribución de rentas obtenga rentas de capital mobiliario derivadas de la cesión a terceros de capitales propios y alguno de los miembros de la entidad sea contribuyente del Impuesto sobre Sociedades o contribuyente por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente
CRENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO
DRENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES O PROFESIONALES
ERENTAS CONTABILIZADAS DERIVADAS DE LA PARTICIPACION EN INSTITUCION DE INVERSION COLECTIVA.Cumplimentarán esta clave las entidades en régimen de atribución de rentas que posean acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, y que cuenten entre sus miembros con contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.Estas rentas se consignarán exclusivamente con esta clave en la declaración
FINCREMENTOS Y DISMINUCIONES DE PATRIMONIO NO DERIVADAS DE TRANSMISIONES DE ELEMENTOS PATRIMONIALES.Con esta clave se declarará el importe total de los incrementos y disminuciones de patrimonio, tanto generados en España como en el extranjero, producidos en el ejercicio y no derivados de la transmisión de elementos patrimoniales. Se consignarán los incrementos y disminuciones de patrimonio que efectivamente se imputen en el ejercicio
GINCREMENTOS Y DISMINUCIONES DE PATRIMONIO DERIVADAS DE TRANSMISIONES DE ELEMENTOS PATRIMONIALES.Con esta clave se declarará el importe total de los incrementos y disminuciones de patrimonio, tanto generados en España como en el extranjero, producidos en el ejercicio con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales, incluidos, en su caso, los derivados de elementos patrimoniales afectos a actividades empresariales o profesionales. Se consignarán los incrementos y disminuciones de patrimonio que efectivamente se imputen en el ejercicio
HENTIDADES QUE DETERMINAN LA RENTA ATRIBUIBLE SEGÚN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.Cuando todos los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas sean contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, la renta atribuible a los socios, herederos, comuneros o partícipes se determinará de acuerdo con las normas del Impuesto sobre Sociedades
IDEDUCCIONES TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY FORAL DEL IRPF.Se hará constar el importe que constituya base de deducción por alguno de los conceptos previstos en el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
JDEDUCCIONES LEY FORAL DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Deberán cumplimentar esta clave las entidades en régimen de atribución de rentas que tengan socios, comuneros, herederos o partícipes que sean contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes del Impuesto sobre la renta de no Residentes con establecimiento permanente, incluyendo la base de la deducción aplicable en virtud de lo dispuesto en la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades
KRETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOPORTADOS POR LA ENTIDAD.Se consignarán los importes de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que le hubieran sido practicadas a la entidad en régimen de atribución de rentas, durante el período objeto de declaración
LEXCESO DE RENTAS NEGATIVAS OBTENIDAS EN PAISES SIN CONVENIO CON ESPAÑA.Cuando el país en el que se obtengan las rentas no tenga suscrito convenio con España para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información, se consignará el importe de las rentas negativas que excedan de las positivas obtenidas en el mismo país y procedentes de la misma fuente
78-79AlfanuméricoSUBCLAVE.Se consignará la subclave numérica o alfabética que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación de claves siguientes:
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave A (Rendimientos del capital mobiliario):
01Rendimientos obtenidos en España
02Rendimientos obtenidos en el extranjero
03Reducciones aplicables
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave C (Rendimientos del capital inmobiliario):
01Rendimientos obtenidos en España
02Rendimientos obtenidos en el extranjero
03Reducciones aplicables
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave D (Rendimientos de actividades empresariales o profesionales):
01Rendimientos obtenidos en España
02Rendimientos obtenidos en el extranjero
03Importe del rendimiento con derecho a reducción
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, se introducen cuatro nuevas subclaves, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
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04ubvenciones o ayudas sujetas y no exentas, imputables en el ejercicio, obtenidas en España
05Subvenciones o ayudas sujetas y no exentas, imputables en el ejercicio, obtenidas en el extranjero
06Ayudas exentas, excepto las que deban declararse en la subclave 07
07Ayudas exentas en virtud del artículo 7.z) del texto refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la renta de las personas físicas
(Redacción anterior, no existían estas subclaves)
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Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave F (Incrementos y disminuciones de patrimonio no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales):
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, se modifica la subclave 1, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
01Incrementos generados en España. Se incluyen las subvenciones para rehabilitación de inmuebles, excepto las que deban declararse en las subclaves 05, 06 y 07
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
01Incrementos generados en España. Se incluyen las subvenciones para rehabilitación de inmuebles, excepto las que deban declararse en las subclaves 05 y 06
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
02Disminuciones generadas en España
03Incrementos generados en el extranjero
04Disminuciones generadas en el extranjero
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, se modifican las subclaves 05 y 06 y se añade una nueva 07, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
05Subvenciones para rehabilitación de vivienda habitual (art. 54.1.b) del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF), excepto las que deban declararse en las subclaves 06 y 07
06Subvenciones obtenidas como consecuencia de un expediente de rehabilitación protegida y a las que se aplica el apartado 1 de la disposición adicional 55.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
07Subvenciones obtenidas para obras de rehabilitación y a las que se aplica el apartado 2 de la disposición adicional 55.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
(Redacción anterior):
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05Subvenciones para rehabilitación de vivienda habitual (art. 54.1.b) del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF), excepto las que deban declararse en la subclave 06
06Subvenciones obtenidas como consecuencia de un expediente de rehabilitación protegida y a las que se aplica la disposición adicional 55ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave G (Incrementos y disminuciones de patrimonio derivados de transmisiones de elementos patrimoniales):
01Incrementos sin reducción generados en España
02Disminuciones sin reducción generadas en España
03Incrementos sin reducción generados en el extranjero
04Disminuciones sin reducción generadas en el extranjero
05Incrementos con reducción, relativos a elementos no afectos a actividades empresariales o profesionales generados en España
06Incrementos con reducción, relativos a elementos no afectos a actividades empresariales o profesionales generados en el extranjero
07Incrementos con reducción, relativos a elementos afectos a actividades empresariales o profesionales generados en España
08Incrementos con reducción, relativos a elementos afectos a actividades empresariales o profesionales generados en el extranjero
09Incrementos exentos por reinversión, artículo 45.2 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave I (Deducciones Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas):
01-
02Por donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades
03Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
04Deducciones en actividades empresariales o profesionales:
4 aPara incentivar inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material.
4.bPara incentivar la realización de determinadas actividades.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, deroga la subclaves 4 c, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
(Redacción anterior):
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4 cPara incentivar la creación de empleo.
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
05Por doble imposición internacional (importe efectivo satisfecho en el extranjero)
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, se añaden nuevas subclaves 06, 07, 08 y 09, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
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06Por inversiones en instalaciones de energías renovables
07Por inversión en sistemas de recarga
08Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, apartados 1 y 2 de la disposición adicional 65.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
09Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, apartado 3 de la disposición adicional 65.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
(Redacción anterior, no existían estas subclaves)
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Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave J (Deducciones Ley Foral 26/2016, del Impuesto sobre Sociedades):
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, deroga la subclaves 01, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
01Por doble imposición interna
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
02Por doble imposición internacional
03Deducciones para incentivar:
3 aInversiones en elementos nuevos del inmovilizado material.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, deroga la subclaves 3b, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
3 bIncentivos a la creación de empleo.
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
04Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades
05Otras deducciones
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave K (Retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad):
01Por rendimientos del capital mobiliario. Suma de retenciones e ingresos a cuenta
02Por arrendamiento de inmuebles (constituyan o no actividad empresarial o profesional). Suma de retenciones e ingresos a cuenta
03Por rendimientos de actividades empresariales o profesionales (excepto arrendamientos de inmuebles). Suma de retenciones e ingresos a cuenta
04Por incrementos de patrimonio. Suma de retenciones e ingresos a cuenta
05Por otros conceptos. Suma de retenciones e ingresos a cuenta
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave L (Exceso de rentas negativas obtenidas en países sin convenio con España):
ARendimientos del capital mobiliario
CRendimientos del capital inmobiliario
DRendimientos de actividades empresariales o profesionales
ERentas contabilizadas derivadas de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva
FIncrementos y disminuciones de patrimonio no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales
GIncrementos y disminuciones de patrimonio derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, modifica la descripción el campo 80-01, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
80-81AlfabéticoCLAVE PAIS.En este campo se consignarán los dos dígitos correspondientes al país o territorio, cuando:
En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo: El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital mobiliario
En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo: El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital mobiliario
En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo:El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital inmobiliario
En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo:El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos de las actividades empresariales o profesionales
En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "05", se indicará en este campo: El país o territorio en el que hayan sido obtenidas las subvenciones o ayudas sujetas y no exentas, imputables en el ejercicio
En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "03" o "04", se indicará en este campo: El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los incrementos/ disminuciones de patrimonio
En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "03", "04", "06" o "08", se indicará en este campo: El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los incrementos/ disminuciones de patrimonio
En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "L" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A", "C", "D", "E", "F" o "G", se indicará en este campo: El país o territorio en el que hayan sido obtenidas las rentas. En el caso de que para una misma clave y subclave, en su caso, se hubiese obtenido un mismo tipo de rendimiento en más de un país, se consignarán en tantos registros como países en los que se haya obtenido
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción anterior):
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80-81AlfabéticoCLAVE PAIS.En este campo se consignarán los dos dígitos correspondientes al país o territorio, cuando:- En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo: El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital mobiliario.- En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo: El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital mobiliario.- En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo:El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital inmobiliario.- En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo:El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos de las actividades empresariales o profesionales.- En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "03" ó "04", se indicará en este campo:El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los incrementos/ disminuciones de patrimonio.- En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "03", "04", "06" ó "08", se indicará en este campo:El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los incrementos/ disminuciones de patrimonio.- En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "L" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A", "C", "D", "E", "F" o "G", se indicará en este campo:El país o territorio en el que hayan sido obtenidas las rentas.En el caso de que para una misma clave y subclave, en su caso, se hubiese obtenido un mismo tipo de rendimiento en más de un país, se consignarán en tantos registros como países en los que se haya obtenido.En los demás casos este campo no tendrá contenido
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82NuméricoREGIMEN DE DETERMINACION DE RENDIMIENTOS.Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" se indicará en este campo el régimen de determinación de los rendimientos de actividades empresariales o profesionales de la entidad en régimen de atribución de rentas, consignando para ello la clave que en cada caso corresponda de las tres siguientes:
1Estimación directa modalidad normal
2Estimación directa modalidad simplificada
3Estimación directa especial
83NuméricoTIPO DE ACTIVIDAD. Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" se indicará en este campo el tipo o naturaleza de la actividad cuyos datos vayan a consignarse en este registro, consignando para ello la clave que en cada caso corresponda de las cinco siguientes:
1Actividades empresariales de carácter mercantil
2Actividades agrícolas y ganaderas
3Otras actividades empresariales de carácter no mercantil
4Actividades profesionales de carácter artístico o deportivo
5Restantes actividades profesionales
En los demás casos este campo no tendrá contenido
84-87NuméricoGRUPO O EPIGRAFE IAE.Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" se indicará en este campo el grupo o el epígrafe en el que se encuentra clasificada la actividad realizada a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).En los demás casos este campo no tendrá contenido
88-96AlfanuméricoNIF DE PERSONA O ENTIDAD CESIONARIA/ NIF DE LA INSTITUCIÓN DE INVERSIÓN COLECTIVA/NIF DE LA PERSONA O ENTIDAD RETENEDORA –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad cesionaria de los capitales propios. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la Institución de Inversión Colectiva. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" se indicará en este campo el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la persona o entidad retenedora. En los demás casos este campo no tendrá contenido
97-116AlfanuméricoDENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CESIONARIO / DENOMINACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DE INVERSIÓN COLECTIVA/ DENOMINACIÓN DE LA ENTIDAD RETENEDORA. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo la denominación completa, sin anagramas, de la entidad cesionaria de los capitales propios. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo la denominación o razón social de la Institución de Inversión Colectiva de que se trate. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" se indicará en este campo la denominación o razón social de la persona o entidad retenedora de que se trate. En los demás casos este campo no tendrá contenido
117-124NuméricoFECHA ADQUISICION.Cuando en el campo "Clave", posición 77 del registro de tipo 2, registro entidad, se consigne "E", se indicará en este campo la fecha de adquisición o suscripción de la acción o participación.Este campo se subdivide en 3:
117-120Año
121-122Mes
123-124Día
En los demás casos este campo no tendrá contenido
125-137NuméricoVALOR LIQUIDATIVO / AJUSTES: AUMENTOS.Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el valor liquidativo de la acción o participación al día del cierre del ejercicio.Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, los importes que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el resto de normas fiscales aplicables, deban añadirse al resultado contable a efectos de determinar la renta fiscal generada por la entidad en el ejercicio.Los importes deben consignarse en euros.Este campo se subdivide en dos:
125-135PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
136-137PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
138-150NuméricoVALOR ADQUISICIÓN, SUCRIPCION O CONTABLE / AJUSTES: DISMINUCIONES.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El valor contable de la acción o participación a la fecha de cierre del ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, los importes que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el resto de normas fiscales aplicables, deban restarse del resultado contable a efectos de determinar la renta fiscal generada por la entidad en el ejercicio. Los importes deben consignarse en euros.Este campo se subdivide en dos:
138-148PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
149-150PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, modifica la descripción del campo 151-164, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
151-164AlfabéticoINGRESOS INTEGROS / IMPORTE RENDIMIENTOS DEVENGADOS / RESULTADO CONTABLE
Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo: • El importe de los ingresos íntegros del capital mobiliario obtenidos en España. • Este importe incluirá los rendimientos derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo: • El importe de los ingresos íntegros del capital mobiliario obtenidos en el extranjero. Este importe incluirá los rendimientos derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo:• El importe de los rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas atribuibles a los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:• El importe de los ingresos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en España. Este importe incluirá los rendimientos del capital inmobiliario que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:• El importe de los ingresos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en el extranjero. Este importe incluirá los rendimientos del capital inmobiliario que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:• El importe de los ingresos íntegros obtenidos en España por la entidad en régimen de atribución de rentas referido a la actividad empresarial o profesional que corresponda
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:• El importe de los ingresos íntegros obtenidos en el extranjero por la entidad en régimen de atribución de rentas referido a la actividad empresarial o profesional que corresponda
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo:• El importe de las subvenciones o ayudas obtenidas en España por la entidad en régimen de atribución de rentas referidas a la actividad empresarial o profesional que corresponda
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo:• El importe de las subvenciones o ayudas obtenidas en el extranjero por la entidad en régimen de atribución de rentas referidas a la actividad empresarial o profesional que corresponda
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo:• El resultado contable del ejercicio que figure en las cuentas anuales de la entidad, elaboradas de acuerdo con las normas mercantiles y contables que sean de aplicación
151SIGNO.Se cumplimentará este campo cuando el importe de los ingresos íntegros, el importe de los rendimientos devengados o el resultado contable sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio
152-164IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de los ingresos íntegros, el importe de los rendimientos devengados o el resultado contable. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
152-162.PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
163-164.PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
151-164AlfanuméricoINGRESOS INTEGROS / IMPORTE RENDIMIENTOS DEVENGADOS / RESULTADO CONTABLE. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo: • El importe de los ingresos íntegros del capital mobiliario obtenidos en España. • Este importe incluirá los rendimientos derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo: • El importe de los ingresos íntegros del capital mobiliario obtenidos en el extranjero. Este importe incluirá los rendimientos derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo: • El importe de los rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas atribuibles a los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo: • El importe de los ingresos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en España. Este importe incluirá los rendimientos del capital inmobiliario que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo: • El importe de los ingresos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en el extranjero. Este importe incluirá los rendimientos del capital inmobiliario que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo: • El importe de los ingresos íntegros obtenidos en España por la entidad en régimen de atribución de rentas referido a la actividad empresarial o profesional que corresponda. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo: • El importe de los ingresos íntegros obtenidos en el extranjero por la entidad en régimen de atribución de rentas referido a la actividad empresarial o profesional que corresponda. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo: • El resultado contable del ejercicio que figure en las cuentas anuales de la entidad, elaboradas de acuerdo con las normas mercantiles y contables que sean de aplicación
151SIGNO.Se cumplimentará este campo cuando el importe de los ingresos íntegros, el importe de los rendimientos devengados o el resultado contable sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio
152-164IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de los ingresos íntegros, el importe de los rendimientos devengados o el resultado contable. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
152-162.PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
163-164.PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
165- 176NuméricoGASTOS / EXCESO RENTAS NEGATIVAS. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: • El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital mobiliario obtenidos en España. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: • El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: • El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en España. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: • El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en el extranjero. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo sin signo y sin coma decimal, el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos de actividades empresariales o profesionales obtenidos en España. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos de actividades empresariales o profesionales obtenidos en el extranjero. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "L" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "A", "C", "D", "E", "F" o "G", se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: • El importe de las rentas negativas que excedan de las positivas obtenidas en el mismo país y procedentes de la misma fuente. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
165-174PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
175-176PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, modifica la descripción del campo 177-190, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
177-190AlfabéticoRENTA ATRIBUIBLE / RENDIMIENTO NETO ATRIBUIBLE/ RENDIMIENTO NETO ATRIBUIBLE PREVIO
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:• El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital mobiliario obtenidos en España
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:• El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital mobiliario obtenidos en un mismo país
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:• El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en España
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:• El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en un mismo país
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D", en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" y en el campo "Régimen de determinación de rendimientos" (posición 82 del mismo registro) se consigne "1", se indicará en este campo:• La diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles obtenidos en España
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D", en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" y en el campo "Régimen de determinación de rendimientos" (posición 82 del mismo registro) se consigne "2" o "3", se indicará en este campo:• La diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles obtenidos en España (rendimiento neto atribuible previo)
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:• La diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles obtenidos en un mismo país
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo:• El importe de la subvención o ayuda obtenida en España por la entidad que resulte atribuible a los miembros de la misma en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo:• El importe de la subvención o ayuda obtenida en el extranjero por la entidad que resulte atribuible a los miembros de la misma en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo: • El importe de las rentas contabilizadas, o que deban contabilizarse, derivadas de las acciones o participaciones de las instituciones de inversión colectiva atribuibles a los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo:• El importe de la renta obtenida por la entidad que resulte atribuible a los miembros de la misma en el ejercicio
177SIGNO. Se cumplimentará este campo cuando el importe de la renta atribuible o del rendimiento neto atribuible sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio
178-190IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de la renta atribuible o del rendimiento neto atribuible. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
178-188PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
189-190PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
177-190AlfanuméricoRENTA ATRIBUIBLE / RENDIMIENTO NETO ATRIBUIBLE/ RENDIMIENTO NETO ATRIBUIBLE PREVIO. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo: • El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital mobiliario obtenidos en España. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo: • El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital mobiliario obtenidos en un mismo país. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo: • El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en España. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo: • El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en un mismo país. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" y en el campo "Régimen de determinación de rendimientos", posición 82 del mismo registro no se consigne la posición "2" o "3", se indicará en este campo: • La diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles obtenidos en España. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" y en el campo "Régimen de determinación de rendimientos", posición 82 del mismo registro se consigne la posición "2" o "3", se indicará en este campo: • La diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles obtenidos en España (rendimiento neto atribuible previo). –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo: • La diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles obtenidos en un mismo país. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo: • El importe de las rentas contabilizadas, o que deban contabilizarse, derivadas de las acciones o participaciones de las instituciones de inversión colectiva atribuibles a los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. –Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo: • El importe de la renta obtenida por la entidad que resulte atribuible a los miembros de la misma en el ejercicio
177SIGNO. SIGNO. Se cumplimentará este campo cuando el importe de la renta atribuible o del rendimiento neto atribuible sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio
178-190IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de la renta atribuible o del rendimiento neto atribuible. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
178-188. PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
189-190. PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
191-195NuméricoPORCENTAJE DE REDUCCION.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo:El porcentaje de reducción previsto en el artículo 32.2 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, aplicable sobre los rendimientos netos del capital mobiliario cuando tengan un período de generación superior a dos años, así como cuando hayan sido obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo. Las reducciones sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean sujetos pasivos del IRPF.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo:El porcentaje de reducción que corresponda conforme a lo previsto en el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio. Las reducciones anteriores sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean sujetos pasivos del IRPF.Este campo se subdivide en dos:
191-193ENTERO. NUMERICO. Se consignará la parte entera del porcentaje. Si no tiene contenido se consignará a ceros
194-195DECIMAL. NUMERICO. Se consignará la parte decimal del porcentaje. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
196-207AlfanuméricoRENTA ATRIBUIBLE CON DERECHO A REDUCCION.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de la parte de renta atribuible a la que resulte aplicable un mismo porcentaje de reducción. Las reducciones sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean sujetos pasivos del IRPF.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de la parte de renta atribuible con derecho a reducción a la que resulte aplicable un mismo porcentaje de reducción. Las reducciones anteriores sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean sujetos pasivos del IRPF.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de la parte del rendimiento neto con derecho a reducción. En los supuestos de rendimientos cuyo período de generación sea superior a dos años o que hayan sido obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo será de aplicación la reducción prevista en el artículo 34.6 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.Los importes deben consignarse en euros.Este campo se subdivide en dos:
196SIGNO: campo alfabético que se cumplimentará cuando el valor de la renta atribuible con derecho a deducción sea menor que 0 (cero); en este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido del campo será un espacio
197-207IMPORTE: Campo numérico de 11 posiciones. Se consignará el importe resultante de la suma a que se ha hecho referencia más arriba. Los importes deben consignarse en euros.El importe no irá precedido de signo alguno (+/-), ni incluirá coma decimal.Este campo se subdivide en dos:
197-205PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
206-207PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, modifica la descripción del campo 208-220, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
208-220NuméricoINCREMENTOS / DISMINUCIONES
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio obtenidos en España imputables en el ejercicio, excepto los que deban declararse en las subclaves 05, 06 o 07
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de las disminuciones de patrimonio obtenidas en España imputables en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio obtenidos en el extranjero imputables en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de las disminuciones de patrimonio obtenidas en el extranjero imputables en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio derivados de la percepción de subvenciones en forma de capital por la rehabilitación de la vivienda habitual, excepto los que deban declararse en las subclaves 06 y 07
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "06" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio derivados de la percepción de subvenciones obtenidas como consecuencia de un expediente de rehabilitación protegida y a las que se aplica el apartado 1 de la disposición adicional 55.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "07" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio derivados de la percepción de subvenciones obtenidas para obras de rehabilitación y a las que se aplica el apartado 2 de la disposición adicional 55.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio sin derecho a reducción obtenidos en España imputables en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de las disminuciones de patrimonio sin derecho a reducción obtenidas en España imputables en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio sin derecho a reducción obtenidos en el extranjero imputables en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de las disminuciones de patrimonio sin derecho a reducción obtenidas en el extranjero imputables en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio relativos a elementos no afectos con derecho a reducción obtenidos en España que proceda integrar en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "06" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio relativos a elementos no afectos con derecho a reducción obtenidos en el extranjero que proceda integrar en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "07" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: La parte del incremento de patrimonio relativa a elementos afectos con derecho a reducción que proceda integrar en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "08" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: La parte del incremento de patrimonio relativa a elementos afectos con derecho a reducción que proceda integrar en el ejercicio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "09" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de los incrementos de patrimonio exentos por reinversión por el artículo 45.2 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
Los importes deben consignarse en euros
Este campo se subdivide en dos:
208-218PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
219-220PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
208-220NuméricoINCREMENTOS / DISMINUCIONES.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio obtenidos en España imputables en el ejercicio, excepto los que deban declararse en las subclaves 05 ó 06.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de las disminuciones de patrimonio obtenidas en España imputables en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio obtenidos en el extranjero imputables en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de las disminuciones de patrimonio obtenidas en el extranjero imputables en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio derivados de la percepción de subvenciones en forma de capital por la rehabilitación de la vivienda habitual, excepto los que deban declararse en la subclave 06.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "06" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio derivados de la percepción de subvenciones obtenidas como consecuencia de un expediente de rehabilitación protegida y a las que se aplica la disposición adicional 55ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio sin derecho a reducción obtenidos en España imputables en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de las disminuciones de patrimonio sin derecho a reducción obtenidas en España imputables en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio sin derecho a reducción obtenidos en el extranjero imputables en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de las disminuciones de patrimonio sin derecho a reducción obtenidas en el extranjero imputables en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio relativos a elementos no afectos con derecho a reducción obtenidos en España que proceda integrar en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "06" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio relativos a elementos no afectos con derecho a reducción obtenidos en el extranjero que proceda integrar en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "07" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:La parte del incremento de patrimonio relativa a elementos afectos con derecho a reducción que proceda integrar en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "08" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:La parte del incremento de patrimonio relativa a elementos afectos con derecho a reducción que proceda integrar en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "09" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de los incrementos de patrimonio exentos por reinversión por el artículo 45.2 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.Los importes deben consignarse en euros.Este campo se subdivide en dos:
208-218PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
219-220PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Ocho, modifica la descripción del campo 221-232, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
221-232NuméricoBASE DE LA DEDUCCION / IMPORTE
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: La base de la deducción, la cual estará formada por el importe correspondiente al valor del donativo efectuado, calculado de acuerdo con lo previsto en el artículo 62.4 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: La base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las rentas computadas que hayan sido obtenidas en Ceuta y Melilla y que den derecho a deducción de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional undécima del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "4 a" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: La base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las cantidades invertidas en los supuestos que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 1.ª del capítulo IV del título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "4 b" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe total de las cantidades invertidas o gastadas en la realización de cualquiera de las actividades que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 2.ª del capítulo IV del título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: Siempre y cuando entre las rentas de la entidad figuren rendimientos o incrementos de patrimonio obtenidos y gravados en el extranjero, el importe satisfecho por razón del gravamen sobre dichas rentas, en los términos previstos en el artículo 67 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "06" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: el importe de la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables regulada en el artículo 62.12 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "07" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: el importe de la deducción por inversión en sistemas de recarga regulada en el artículo 62.14 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "08" o "09" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: el importe de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas regulada en la disposición adicional sexagésima quinta del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: Cuando la entidad hubiera obtenido rentas gravadas en el extranjero, consignará el importe satisfecho por razón del gravamen sobre dichas rentas, en los términos previstos en la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades. Cuando entre las rentas de la entidad se computen dividendos o participaciones en beneficios pagados por una sociedad no residente, se hará constar el importe del impuesto efectivamente pagado por la entidad respecto de los beneficios con cargo a los cuales se abona el dividendo, en la cuantía correspondiente a tales dividendos
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "3a" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe total de las cantidades invertidas en los supuestos que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 1.ª del capítulo IV del título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe total de las cantidades invertidas o gastadas en la realización de cualquiera de las actividades que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 2.ª del capítulo IV del título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades
–Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal: El importe de las inversiones o gastos que, al margen de los contemplados en las claves anteriores, den derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades y demás normativa aplicable
Los importes deben consignarse en euros
Este campo se subdivide en dos:
221-230PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
231-232PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
221-232NuméricoBASE DE LA DEDUCCION / IMPORTE.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:La base de la deducción, la cual estará formada por el importe correspondiente al valor del donativo efectuado, calculado de acuerdo con lo previsto en el artículo 62.4 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:La base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las rentas computadas que hayan sido obtenidas en Ceuta y Melilla y que den derecho a deducción de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional undécima del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "4 a" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:La base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las cantidades invertidas en los supuestos que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 1ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "4 b" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de las cantidades invertidas o gastadas en la realización de cualquiera de las actividades que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 2ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "4 c" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de la deducción por creación de empleo regulada en la Sección 3ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:Siempre y cuando entre las rentas de la entidad figuren rendimientos o incrementos de patrimonio obtenidos y gravados en el extranjero, el importe satisfecho por razón del gravamen sobre dichas rentas, en los términos previstos en el artículo 67 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de los dividendos o participaciones en beneficios de entidades residentes en España, así como de las rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de la participación en el capital o fondos propios de entidades residentes en España, percibidos por la entidad declarante en el ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:Cuando la entidad hubiera obtenido rentas gravadas en el extranjero, consignará el importe satisfecho por razón del gravamen sobre dichas rentas, en los términos previstos en la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.Cuando entre las rentas de la entidad se computen dividendos o participaciones en beneficios pagados por una sociedad no residente, se hará constar el importe del impuesto efectivamente pagado por la entidad respecto de los beneficios con cargo a los cuales se abona el dividendo, en la cuantía correspondiente a tales dividendos.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "3a" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de las cantidades invertidas en los supuestos que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 1ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "3b" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de la deducción por creación de empleo regulada en la Sección 3ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de las cantidades invertidas o gastadas en la realización de cualquiera de las actividades que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 2ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe de las inversiones o gastos que, al margen de los contemplados en las claves anteriores, den derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades y demás normativa aplicable.Los importes deben consignarse en euros.Este campo se subdivide en dos:
221-230PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
231-232PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
233-244NuméricoRETENCIONES E INGRESOS A CUENTA.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos de capital mobiliario del ejercicio.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos del ejercicio derivados del arrendamiento de bienes inmuebles, con independencia de que deban calificarse como procedentes del capital inmobiliario o como derivados de actividades empresariales o profesionales.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos del ejercicio procedentes de actividades empresariales o profesionales, con excepción de las retenciones e ingresos a cuenta derivados del arrendamiento de bienes inmuebles, cuyo importe se declarará, en su caso, en un registro aparte con "K" en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consignará "02".- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los incrementos de patrimonio del ejercicio procedentes de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, así como a los premios obtenidos por la participación en concursos, juegos, rifas o combinaciones aleatorias.- Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "k" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que se hayan realizado por cualquier otro concepto no contemplado en los párrafos anteriores.Los importes deben consignarse en euros.Este campo se subdivide en dos:
233-242PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
243-244PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
245NuméricoSITUACIÓN DEL INMUEBLE: Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne una "C", se consignará de entre las siguientes claves la que corresponda al bien inmueble del que provenga el rendimiento:
1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra
2. Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco
3. Inmueble situado en la Comunidad Foral de Navarra
4. Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral
5. Inmueble situado en el extranjero
246-265AlfanuméricoREFERENCIA CATASTRAL: Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne una "C", se consignará en este campo la referencia catastral del inmueble del que provengan los rendimientos de capital inmobiliario
266-395NuméricoDETALLE DE GASTOS/RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne "D" y en el campo "SUBCLAVE", que ocupa las posiciones 78 y 79 del mismo registro, se consigne "01" o "02", se consignará, en función de su naturaleza, el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos de actividades empresariales o profesionales obtenidos en España o en el extranjero, en los siguientes apartados:
266-277GASTOS DE PERSONAL. Se consignará en este apartado el importe de los sueldos y salarios, seguridad social a cargo de la empresa y otros gastos de personal. Este campo se subdivide en dos:
266-275: se consignará la parte entera de los gastos de personal
276-277: se consignará la parte decimal de los gastos de personal
278-289 CONSUMOS DE EXPLOTACIÓN. Se consignará en este apartado el importe satisfecho en concepto de consumos de explotación. Este campo se subdivide en dos:
278-287: se consignará la parte entera de los consumos de explotación
288-289: se consignará la parte decimal de los consumos de explotación
290-301.TRIBUTOS FISCALMENTE DEDUCIBLES.Se consignará el importe de aquellos tributos que sean fiscalmente deducibles. Este campo se subdivide en dos:
290-299: se consignará la parte entera de los tributos fiscalmente deducibles
300-301: se consignará la parte decimal de los tributos fiscalmente deducibles
302-313ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES. Se consignará el importe deducible de los gastos originados en concepto de alquileres, cánones, asistencia técnica, etc, por la cesión al contribuyente de bienes o derechos que se hallen afectos a la actividad, cuando no se adquiera la titularidad de los mismos. Este campo se subdivide en dos:
302-311: se consignará la parte entera de los arrendamientos y cánones deducibles
312-313: se consignará la parte decimal de los arrendamientos y cánones deducibles
314-325REPARACIONES Y CONSERVACIÓN. Se consignará el importe deducible de los gastos de conservación y reparación del activo material afecto. Este campo se subdivide en dos:
314-323: se consignará la parte entera de los gastos de reparación y conservación deducibles
324-325: se consignará la parte decimal de los gastos de reparación y conservación deducibles
326-337SERVICIOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES.Se consignará el importe deducible de los gastos satisfechos a los profesionales por los servicios prestados a la actividad económica, tales como honorarios de economistas, abogados, auditores, notarios, etc, así como las comisiones de agentes mediadores independientes.Este campo se subdivide en dos:
326-335: se consignará la parte entera de los gastos por servicios profesionales deducibles
336-337: se consignará la parte decimal de los gastos por servicios profesionales deducibles
338-349SUMINISTROS.Se consignará el importe deducible de los gastos correspondientes a electricidad y cualquier otro abastecimiento (agua, gas, telefonía, Internet, etc) que no tuviere la cualidad de almacenable.Este campo se subdivide en dos:
338-347: se consignará la parte entera de los gastos por suministros deducibles
348-349: se consignará la parte decimal de los gastos por suministro deducibles
350-361GASTOS FINANCIEROS.Se consignará el importe deducible de los gastos derivados de la utilización de recursos financieros ajenos, para la financiación de las actividades de la entidad o de sus elementos de activo.Este campo se subdivide en dos:
350-359: se consignará la parte entera de los gastos financieros deducibles
360-361: se consignará la parte decimal de los gastos financieros deducibles
362-373AMORTIZACIONES.Salvo en el caso de que el régimen de determinación del rendimiento sea el de estimación directa especial, se consignará el importe deducible de las amortizaciones, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 16 a 18 de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades y en los artículos 2 a 10 de su Reglamento, aprobado por Decreto Foral 114/2017, de 20 de diciembre.Este campo se subdivide en dos:
362-371: se consignará la parte entera de los gastos derivados de la amortización
372-373: se consignará la parte decimal de los gastos derivados de la amortización
374-385PROVISIONES.Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne "D" y en el campo subclave, que ocupa las posiciones 78 y 79 del mismo registro se consigne "01" o "02", y el campo "RÉGIMEN DE DETERMINACIÓN DE RENDIMIENTOS", que ocupa la posición 82 del mismo registro, se consigne "1", se consignará el importe deducible de las provisiones fiscalmente deducibles de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne "D" y en el campo subclave, que ocupa las posiciones 78 y 79 del mismo registro se consigne "01" o "02", y el campo "RÉGIMEN DE DETERMINACIÓN DE RENDIMIENTOS", que ocupa la posición 82 del mismo registro, se consigne 2 o 3, no se incluirá en este campo el importe de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación a que se refiere el artículo 30.2.ª RIRPF estatal.Este campo se subdivide en dos:
374-383: se consignará la parte entera de los gastos por provisiones fiscalmente
384-385: se consignará la parte decimal de los gastos por provisiones fiscalmente deducibles
386-395OTROS GASTOS FISCALMENTE DEDUCIBLES.Se consignará el importe del resto de gastos fiscalmente deducibles por conceptos no incluidos en otras posiciones de este campo.Este campo se subdivide en dos:
386-393: se consignará la parte entera del resto de gastos fiscalmente deducibles
394-395: se consignará la parte decimal del resto de gastos fiscalmente deducibles
396AlfabéticoCRITERIO DE COBROS Y PAGOS.Se consignará "x" si la entidad ha aplicado a las rentas derivadas de las actividades empresariales o profesionales desarrolladas en el ejercicio el criterio de imputación temporal previsto en el artículo 15.1 de la Ley Foral 26/2016. de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades o, en su caso, el criterio de cobros y pagos previsto en el artículo 6.2 del Reglamento del IRPF, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.En los demás casos, se dejará en blanco
397-497NuméricoDETALLE DE GASTOS/RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO.Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne "C" y en el campo "SUBCLAVE", que ocupa las posiciones 78 y 79 del mismo registro, se consigne "01" o "02", se consignará, en función de su naturaleza, el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos de capital inmobiliario obtenidos en España o en el extranjero, en los siguientes apartados:
397-407INTERESES Y DEMÁS GASTOS DE FINANCIACIÓN.Se consignará en este apartado el importe de los intereses y demás gastos de financiación del ejercicio de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien, derecho o facultad de uso o disfrute, así como, en su caso, de los bienes cedidos con el mismo.Este campo se subdivide en dos:
397-405: se consignará la parte entera de los intereses y demás gastos de financiación del ejercicio
406-407: se consignará la parte decimal de los intereses y demás gastos financieros
408-418CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN.Se consignará en este apartado el importe de los gastos de conservación y reparación del ejercicio de los bienes productores de los rendimientos.Este campo se subdivide en dos:
408-416: se consignará la parte entera de los gastos de conservación y reparación del ejercicio
417-418: se consignará la parte decimal de los gastos de conservación y reparación del ejercicio
419-429INTERESES/GASTOS DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN PENDIENTES.Se consignará en este apartado el importe de los intereses, demás gastos de financiación, gastos de conservación y reparación pendientes de aplicación de los últimos cuatro ejercicios y procedentes de los bienes productores de los rendimientos.Este campo se subdivide en dos:
419-427: se consignará la parte entera de estos gastos pendientes de aplicación de los últimos cuatro ejercicios
428-429: se consignará la parte decimal de estos gastos pendientes de aplicación de los últimos cuatro ejercicios
430-439TRIBUTOS Y RECARGOS.Se consignará en este apartado el importe de los tributos y recargos no estatales, así como las tasas y recargos estatales deducibles de los rendimientos (por ejemplo, el impuesto sobre bienes inmuebles, las tasas por gestión de residuos urbanos).Este campo se subdivide en dos:
430-437: se consignará la parte entera de la cuantía de los tributos y recargos deducibles
438-439: se consignará la parte decimal de la cuantía de los tributos y recargos deducibles
440-450SALDOS DE DUDOSO COBRO.Se consignará en este apartado el importe de los saldos de dudoso cobro deducible de los rendimientos.Este campo se subdivide en dos:
440-448: se consignará la parte entera del importe de los saldos de dudoso cobro
449-450: se consignará la parte decimal del importe de saldos de dudoso cobro
451-460CANTIDADES DEVENGADAS POR TERCEROS.Se consignará en este apartado el importe deducible correspondiente a cantidades devengadas por terceros en contraprestación directa o indirecta o como consecuencia de servicios personales, tales como los de administración, vigilancia, portería, cuidado de jardines, etc.Este campo se subdivide en dos:
451-458: se consignará la parte entera del importe de las cantidades devengadas por terceros
459-460: se consignará la parte decimal del importe de las cantidades devengadas por terceros
461-470PRIMAS DE SEGUROS.Se consignará en este apartado el importe deducible de las primas de contratos de seguro, bien sea de responsabilidad civil, incendio, robo, rotura de cristales u otros de naturaleza análoga sobre los bienes o derechos productores de los rendimientos.Este campo se subdivide en dos:
461-468: se consignará la parte entera del importe de las primas de seguros
469-470: se consignará la parte decimal del importe de las primas de seguros
471-480AMORTIZACIÓN DEL INMUEBLE.Se consignará en este apartado el importe deducible correspondiente a las cantidades destinadas a la amortización del inmueble, siempre que respondan a su depreciación efectiva.Este campo se subdivide en dos:
471-478: Se consignará la parte entera del importe de la amortización
479-480: se consignará la parte decimal del importe de a amortización
481-488AMORTIZACIÓN DE BIENES MUEBLES.Se consignará en este apartado el importe deducible correspondiente a las cantidades destinadas a la amortización de los demás bienes cedidos con el inmueble, siempre que respondan a su depreciación efectiva.Este campo se subdivide en dos:
481-486: se consignará la parte entera del importe de la amortización
487-488: se consignará la parte decimal del importe de la amortización
489-497OTROS GASTOS DEDUCIBLES.Se consignará en este apartado e importe del resto de gastos deducibles necesarios para la obtención de los correspondientes rendimientos, no contemplados específicamente en otros campos. Este campo se subdivide en dos:
489-495: se consignará la parte entera del importe del resto de gastos deducibles necesarios para la obtención de los correspondientes rendimientos
496-497: se consignará la parte decimal del importe del resto de gastos deducibles necesarios para la obtención de los correspondientes rendimientos
498-500NuméricoNÚMERO DE DÍAS DE ARRENDAMIENTO O CESIÓN DE USO Y DISFRUTE.Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne "C" y en el campo "SUBCLAVE", que ocupa las posiciones 78 y 79 del mismo registro, se consigne "01" o "02", se consignará el número de días del ejercicio en los que el inmueble de los que proceden los rendimientos de capital inmobiliario ha estado arrendado o cedido su uso y disfrute
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
MODELO 184
C.- TIPO DE REGISTRO 2
Registro de Socio, Heredero, Comunero o Partícipe.
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTIPO DE REGISTRO.Constante '2' (dos)
2-4NuméricoMODELO DECLARACION.Constante '184'
5-8NuméricoEJERCICIO. Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1
9-17AlfanuméricoNIF DEL DECLARANTE. Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1
18-26AlfanuméricoNIF DEL MIEMBRO.Se consignará el NIF correspondiente al socio, heredero, comunero o partícipe miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas.Si es una persona física se consignará el NIF del declarado, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y en el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él.Si el declarado es una persona jurídica o una entidad en régimen de atribución de rentas (Comunidad de bienes, sociedad civil, herencia yacente, etc.) se consignará el NIF correspondiente a la misma.Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenado con ceros las posiciones a la izquierda.En el supuesto de declarados menores de 14 años que carezcan de NIF no se cumplimentará este campo, sino el campo "NIF DEL REPRESENTANTE FISCAL" en el que se hará constar el NIF de su representante legal (padre, madre o tutor)
27-35AlfanuméricoNIF DEL REPRESENTANTE FISCAL.En el supuesto de miembros de la entidad menores de 14 años que carezcan de NIF, se cumplimentará esta casilla, en la que se hará constar el NIF de la persona que ostente en cada caso la representación legal del menor (padre, madre o tutor).En el caso de que el miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no sea residente en territorio español, se deberá consignar, en su caso, el NIF de quien ostente la representación fiscal del mismo de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre de la Renta de no Residentes.En cualquier otro caso el contenido de este campo se rellenará a espacios.Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones a la izquierda
36-75AlfanuméricoAPELLIDOS Y NOMBRE, RAZON SOCIAL O DENOMINACION DEL MIEMBRO.a) Para personas físicas se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden. Si el declarado es menor de edad se consignarán los apellidos y nombre del menor de edad.b) Tratándose de personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas se consignará la razón social o denominación completa de la entidad, sin anagramas
76AlfabéticoTIPO DE HOJA.Constante "S" (Socio)
77-78NuméricoCODIGO PROVINCIA.Con carácter general, se consignarán los dos dígitos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del domicilio del declarado, según la siguiente relación:
ALAVA01
ALBACETE02
ALICANTE03
ALMERIA04
ASTURIAS33
AVILA05
BADAJOZ06
BARCELONA08
BURGOS09
CACERES10
CADIZ11
CANTABRIA39
CASTELLON12
CEUTA51
CIUDAD REAL13
CORDOBA14
CORUÑA, A15
CUENCA16
GIRONA17
GRANADA18
GUADALAJARA19
GUIPUZCOA20
HUELVA21
HUESCA22
ILLES BALEARS07
JAEN23
LEON24
LLEIDA25
LUGO27
MADRID28
MALAGA29
MELILLA52
MURCIA30
NAVARRA31
OURENSE32
PALENCIA34
PALMAS, LAS35
PONTEVEDRA36
RIOJA, LA26
SALAMANCA37
S.C. TENERIFE38
SEGOVIA40
SEVILLA41
SORIA42
TARRAGONA43
TERUEL44
TOLEDO45
VALENCIA46
VALLADOLID47
VIZCAYA48
ZAMORA49
ZARAGOZA50
En el caso de no residentes que no operen en territorio español mediante establecimiento permanente, se consignará 99
79-80AlfabéticoCLAVE PAIS.En el caso de no residentes sin establecimiento permanente, se consignará XX, siendo XX el Código del país de residencia del declarado, de acuerdo con los códigos alfabéticos de países y territorios aprobados en el Anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 196.En cualquier otro caso se rellenará a blancos
81NuméricoCLAVE TIPO DE PARTICIPE.Se consignará la clave que proceda de las tres siguientes:
1Residente
2No residente sin establecimiento permanente
3No residente con establecimiento permanente
82AlfabéticoMIEMBRO A 31 DE DICIEMBRE.Si el miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas sigue siendo miembro de la entidad a 31 de diciembre marcará una "X" en este campo
83-85NuméricoNUMERO DIAS MIEMBRO.Se consignará el número de días del año en que ha sido miembro de la entidad
86-92NuméricoPORCENTAJE DE PARTICIPACION.Se consignará el porcentaje de participación que corresponda al socio, heredero, comunero o partícipe en la entidad. Dicho porcentaje, cuando no sea un número entero, se expresará con cuatro decimales.Este campo se subdivide en otros dos:
86-88ENTERO. Se consignará la parte entera del porcentaje (si no tiene contenido se consignará a ceros)
89-92DECIMAL. Se consignará la parte decimal del porcentaje (si no tiene contenido se consignará a ceros)
93AlfabéticoCLAVE.Se consignará la clave que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación siguiente:
ARendimientos del capital mobiliario
CRendimientos del capital inmobiliario
DRendimientos de actividades empresariales o profesionales
ERentas contabilizadas de participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva
FIncrementos y disminuciones de patrimonio no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales
GIncrementos y disminuciones de patrimonio derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales
IDeducciones del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
JDeducciones de la Ley Foral 26/2016 del Impuesto sobre Sociedades
KRetenciones e ingresos a cuenta
94-95NuméricoSUBCLAVE.Se consignará la subclave que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación siguiente:
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave A (Rendimientos del capital mobiliario):
01Rendimientos del capital mobiliario previstos en los apartados a) y b) del artículo 27 y 1) y 2) del artículo 30 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
02Rendimientos del capital mobiliario previstos en el apartado 3 del artículo 30 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se añaden nuevas subclaves 01, 02, 03 y 04 a los registros correspondientes a la clave D, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave D (Rendimientos de actividades empresariales o profesionales):
01Rendimientos de actividades empresariales o profesionales, excepto los que deban declararse en la subclave 02
02Subvenciones o ayudas sujetas y no exentas imputables en el ejercicio
03Ayudas exentas, excepto las que deban declararse en la subclave 04
04Ayudas exentas en virtud del artículo 7.z) del texto refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la renta de las personas físicas
(Redacción anterior de estas subclaves, no existía)
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave F (Incrementos y disminuciones de patrimonio no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales)
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se modifica la subclave 01 al registro correspondiente a la clave F, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
01Incrementos, excepto los que deban declararse en las subclaves 03, 04 o 05
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
01Incrementos, excepto los que deban declararse en las subclaves 03 ó 04
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
02Disminuciones
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se modifica las subclaves 03 y 04 y añade la subclave 05 al registro correspondiente a la clave F, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
03Subvenciones para rehabilitación de vivienda habitual (art. 54.1.b) del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), excepto las que deban declararse en las subclaves 04 o 05
04Subvenciones obtenidas como consecuencia de un expediente de rehabilitación protegida y a las que se aplica el apartado 1 de la disposición adicional 55.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
05Subvenciones obtenidas para obras de rehabilitación y a las que se aplica el apartado 2 de la disposición adicional 55.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
03Subvenciones para rehabilitación de vivienda habitual (art. 54.1.b) del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), excepto las que deban declararse en la subclave 04
04Subvenciones obtenidas como consecuencia de un expediente de rehabilitación protegida y a las que se aplica la disposición adicional 55ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
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Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave G (Incrementos y disminuciones de patrimonio derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.)
01Incrementos
02Disminuciones
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave I. Deducciones Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio
01-
02Por donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades
03Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se modifica las subclaves 4a al registro correspondiente a la clave I, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
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4 aDeducciones en actividades empresariales o profesionales para incentivar en inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material
(Redacción anterior)
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4 aDeducciones en actividades empresariales o profesionales para incentivar inversiones en activos fijos materiales nuevos
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4 bDeducciones en actividades empresariales y profesionales para incentivar la realización de determinadas actividades.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se deroga la subclaves 4c al registro correspondiente a la clave I, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024)
(Redacción anterior)
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4 cDeducciones en actividades empresariales o profesionales para incentivar la creación de empleo.
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05Deducción por doble imposición internacional
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se añade nuevas subclaves 06, 07, 08 y 09 al registro correspondiente a la clave I, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024):
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06Por inversiones en instalaciones de energías renovables
07Por inversión en sistemas de recarga
08Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, apartados 1 y 2 de la disposición adicional 65.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
09Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, apartado 3 de la disposición adicional 65.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
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Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave J (Deducciones Ley Foral 26/2016 del Impuesto sobre Sociedades):
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se deroga la subclaves 01 al registro correspondiente a la clave J, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024)
(Redacción anterior)
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01Deducción por doble imposición interna
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02Deducciones por doble imposición internacional
3 aDeducciones para incentivar inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se deroga la subclaves 3b al registro correspondiente a la clave J, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024)
(Redacción anterior)
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3 bIncentivos a la creación de empleo.
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04Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades
05Otras deducciones
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave K (Retenciones e ingresos a cuenta):
01Por rendimientos del capital mobiliario
02Por arrendamientos de bienes inmuebles
(Redacción dada por la Orden Foral 1/2023, de 11 de enero, BON nº 24, de 3.02.23, artículo segundo, punto Uno que modifica el tipo de registro 2, posiciones 94-95, campo Subclave 03 relativo a la clave K, con efectos desde el 1 de enero de 2023):
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03Por rendimientos de actividades empresariales o profesionales.
(Redacción anterior de las posiciones 94-95, campo Subclave 03 relativo a la clave K, la dada originariamente por la presente Orden Foral):
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03Por arrendamientos de actividades empresariales o profesionales.
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04Por incremento de patrimonio.
05Por otros conceptos.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se modifica la descripción del campo 96-108, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024)
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96-108AlfanuméricoIMPORTE. (RENDIMIENTO / RETENCION / DEDUCCION)
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "A" se indicará en este campo: El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos del capital mobiliario
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "C" se indicará en este campo: El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos del capital inmobiliario
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", se indicará en este campo: El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos de actividades empresariales o profesionales
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02 03", se indicará en este campo: El importe de la subvención o ayuda atribuible al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "03" o "04", se indicará en este campo: El importe de la ayuda exenta atribuible al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "E" se indicará en este campo: El importe de la renta atribuible al miembro de la entidad en concepto de renta contabilizada derivada de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva, teniendo en cuenta que dicha renta solo es atribuible a los miembros de la entidad sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", se indicará en este campo: El importe de los incrementos netos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales, excepto los que deban declararse en las subclaves 03, 04 o 05
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02", se indicará en este campo: El importe de las disminuciones netas atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "03", se indicará en este campo: El importe de los incrementos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas procedentes de subvenciones para rehabilitación de vivienda habitual, excepto las que deban declararse en las subclaves 04 o 05
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "04", se indicará en este campo: El importe de las subvenciones atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas a las que se aplica el apartado 1 de la disposición adicional 55.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "05", se indicará en este campo: El importe de las subvenciones atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas a las que se aplica el apartado 2 de la disposición adicional 55.ª del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", se indicará en este campo: El importe de los incrementos netos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02", se indicará en este campo: El importe de las disminuciones netas atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "I" se indicará en este campo: Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "J" se indicará en este campo: Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "K" se indicará en este campo: El importe de las retenciones e ingresos a cuenta atribuibles al miembro de la entidad
Este campo se subdivide en dos:
96SIGNO. Se cumplimentará este campo cuando el importe del rendimiento sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio
97-108IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de los rendimientos, de las bases o los importes de deducción y de las retenciones e ingresos a cuenta. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
97-106PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
107-108PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción anterior dada por la Orden Foral 1/2023, de 11 de enero, BON nº 24, de 3.02.23, artículo segundo, punto Dos que modifica el tipo de registro 2, posiciones 96-108, con efectos desde el 1 de enero de 2023):
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96-108AlfanuméricoIMPORTE. (RENDIMIENTO / RETENCION / DEDUCCION). –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "A" se indicará en este campo: El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos del capital mobiliario. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "C" se indicará en este campo:El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos del capital inmobiliario. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" se indicará en este campo: El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos de actividades empresariales o profesionales. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "E" se indicará en este campo: El importe de la renta atribuible al miembro de la entidad en concepto de renta contabilizada derivada de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva, teniendo en cuenta que dicha renta sólo es atribuible a los miembros de la entidad sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", se indicará en este campo: El importe de los incrementos netos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales, excepto los que deban declararse en la subclave 03. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02", se indicará en este campo: El importe de las disminuciones netas atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "03", se indicará en este campo: El importe de los incrementos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas procedentes de subvenciones para rehabilitación de vivienda habitual. Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", se indicará en este campo: El importe de los incrementos netos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. -Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02", se indicará en este campo: El importe de las disminuciones netas atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales: -Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "I" se indicará en este campo: Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "J" se indicará en este campo: Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe.–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "K" se indicará en este campo:El importe de las retenciones e ingresos a cuenta atribuibles al miembro de la entidad. Este campo se subdivide en dos:
96SIGNO. Se cumplimentará este campo cuando el importe del rendimiento sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio.
97-108. IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de los rendimientos, de las bases o los importes de deducción y de las retenciones e ingresos a cuenta. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
97-106.PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
107-108.PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción anterior de las posiciones 96-108 la dada originariamente por la presente Orden Foral):
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96-108AlfanuméricoIMPORTE. (RENDIMIENTO / RETENCION / DEDUCCION).–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "A" se indicará en este campo: • El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos del capital mobiliario. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "C" se indicará en este campo: • El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos del capital inmobiliario. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" se indicará en este campo: • El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos de actividades empresariales o profesionales. • Cuando en el campo "Clave", posición 77, del tipo de registro 2, registro de entidad, se consigne "D", en el campo "Subclave", posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne "01" o "02" y en el campo "Régimen de determinación de rendimientos", posición 82 del mismo registro se consigne "2", se indicará en este campo el importe del rendimiento neto positivo minorado con el 5 por 100 consignado en el campo "Deducción artículo 36.A).3 y 36.B).4 TRLFIRPF, posiciones 160 a 171 del registro de tipo 2, registro del socio, heredero, comunero y partícipe. • Cuando en el campo "Clave", posición 77, del tipo de registro 2, registro de entidad, se consigne "D", en el campo "Subclave", posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne "01" o "02" y en el campo "Régimen de determinación de rendimientos", posición 82 del mismo registro se consigne "3", se indicará en este campo el importe del rendimiento neto positivo minorado con el importe de las deducciones consignadas en el campo "Deducción artículo 36.A).3 y 36.B).4 TRLFIRPF posiciones 160 a 171 del registro de tipo 2, registro del socio, heredero, comunero y partícipe. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "E" se indicará en este campo: • El importe de la renta atribuible al miembro de la entidad en concepto de renta contabilizada derivada de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva, teniendo en cuenta que dicha renta sólo es atribuible a los miembros de la entidad sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01" se indicará en este campo: • El importe de los incrementos netos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales, excepto los que deban declararse en la subclave 03. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02" se indicará en este campo: • El importe de las disminuciones netas atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "03" se indicará en este campo: • El importe de los incrementos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas procedentes de subvenciones para rehabilitación de vivienda habitual. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01" se indicará en este campo: • El importe de los incrementos netos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02" se indicará en este campo: • El importe de las disminuciones netas atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales: –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "I" se indicará en este campo: • Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "J" se indicará en este campo: • Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe. –Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "K" se indicará en este campo: • El importe de las retenciones e ingresos a cuenta atribuibles al miembro de la entidad. Este campo se subdivide en dos:
96SIGNO. Se cumplimentará este campo cuando el importe del rendimiento sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio.
97-108IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de los rendimientos, de las bases o los importes de deducción y de las retenciones e ingresos a cuenta.Los importes deben consignarse en euros.Este campo se subdivide en dos:
97-106.PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
107-108.PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
En los demás casos este campo no tendrá contenido.
(Redacción dada por la Orden Foral 75/2023, de 14 de noviembre, BON nº 261, de 19.12.23, artículo Único, apartado Nueve, se modifica la descripción del campo 109-119, con efectos para las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2024)
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109-119NuméricoREDUCCION
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero y partícipe) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posición 94 a 95 del registro de tipo 2 de registro de socio, heredero, comunero y partícipe) se consigne "02" se indicará en este campo: de haberse incluido entre los rendimientos del capital mobiliario algún rendimiento al que resulte aplicable la reducción prevista en el artículo 32.2 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y solo para los miembros que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el importe de la reducción que corresponda
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "C" se indicará en este campo: de haberse incluido entre los rendimientos del capital inmobiliario algún rendimiento al que resulte aplicable cualquiera de las reducciones previstas en el artículo 25 apartados 2 y 3 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y solo para los miembros que sean sujetos pasivos del IRPF, el importe de la reducción o reducciones que corresponda
–Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posición 94 a 95 del registro de tipo 2 de registro de socio, heredero, comunero y partícipe) se consigne "01", se indicará en este campo: de haberse incluido entre los rendimientos de actividades empresariales o profesionales atribuidos al miembro de la entidad algún rendimiento al que resulte aplicable la reducción prevista en el artículo 34.6 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y solo para los miembros que sean sujetos pasivos del IRPF, el importe de la reducción que corresponda
Los importes deben consignarse en euros
Este campo se subdivide en dos:
109-117PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
118-119PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros
En los demás casos este campo no tendrá contenido
(Redacción anterior):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
109-119NuméricoREDUCCION.Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero y partícipe) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posición 94 a 95 del registro de tipo 2 de registro de socio, heredero, comunero y partícipe) se consigne "02" se indicará en este campo:De haberse incluido entre los rendimientos del capital mobiliario algún rendimiento al que resulte aplicable la reducción prevista en el artículo 32.2 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y sólo para los miembros que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el importe de la reducción que corresponda.- Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "C" se indicará en este campo:De haberse incluido entre los rendimientos del capital inmobiliario algún rendimiento al que resulte aplicable cualquiera de las reducciones previstas en el artículo 25 apartados 2 y 3 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y sólo para los miembros que sean sujetos pasivos del IRPF, el importe de la reducción o reducciones que corresponda.- Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" se indicará en este campo:De haberse incluido entre los rendimientos de actividades empresariales o profesionales atribuidos al miembro de la entidad algún rendimiento al que resulte aplicable la reducción prevista en el artículo 34.6 del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, y sólo para los miembros que sean sujetos pasivos del IRPF, el importe de la reducción que corresponda.Los importes deben consignarse en euros.Este campo se subdivide en dos:
109-117PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
118-119PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.
En los demás casos este campo no tendrá contenido
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
120-159AlfanuméricoDOMICILIO FISCAL DEL MIEMBRO DE LA ENTIDAD.Se consignará el domicilio fiscal correspondiente al miembro de la entidad
160-171NuméricoDEDUCCIONES ARTÍCULO 36.A).3 Y 36.B).4 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY FORAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. uando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne "D" y el régimen de determinación del rendimiento sea el de estimación directa simplificada (posición 82 del registro de tipo 2), se consignará en este campo el resultado de aplicar el porcentaje del 5 por 100 al que hace referencia el artículo 36.A).3, al importe del rendimiento neto positivo de la entidad previo a esta deducción, y se multiplicará dicho resultado por el porcentaje de participación en la entidad. Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne "D" y el régimen de determinación del rendimiento sea el de estimación directa especial (posición 82 del registro de tipo 2), se consignará en este campo el resultado de aplicar el porcentaje de deducción que corresponda a los que hace referencia el artículo 36.B).4, al importe del rendimiento neto positivo de la entidad previo a esta deducción, y se multiplicará dicho resultado por el porcentaje de participación en la entidad. Este campo se subdivide en dos:
160-169PARTE ENTERA. Se consignará la parte entera del importe de la deducción. Si no tiene contenido, se consignará a ceros.
170-171PARTE DECIMAL. Se consignará la parte decimal del importe de la deducción. Si no tiene contenido, se consignará a ceros.
172NuméricoNATURALEZA DEL INMUEBLE.Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero o partícipe, se consigne una "C", se cumplimentará, de entre las siguientes claves, la que corresponda al bien inmueble del que provenga el rendimiento:
1. Inmueble urbano
2. Inmueble rústico
173NuméricoSITUACIÓN DEL INMUEBLE.Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero o partícipe, se consigne una "C", se cumplimentará, de entre las siguientes claves, la que corresponda al bien inmueble del que provenga el rendimiento:
1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra
2. Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco
3. Inmueble situado en la Comunidad Foral de Navarra
4. Inmueble en cualquier de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral
5. Inmueble situado en el extranjero
174-193AlfanuméricoREFERENCIA CATASTRAL.Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero o partícipe, se consigne una "C", y en el campo "SITUACIÓN DEL INMUEBLE", que ocupa la posición 173 del registro de tipo2, registro de socio, heredero, comunero o partícipe, se consigne "1", "2" o "3", se cumplimentará en este campo la referencia catastral del inmueble del que provengan los rendimientos de capital inmobiliario
194AlfabéticoCLAVE DE DECLARADO.Cuando en el campo "SITUACIÓN DEL INMUEBLE", posición 173 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero o partícipe, tenga contenido, se consignará la clave que corresponda respecto de la titularidad del inmueble correspondiente al socio, heredero, comunero o partícipe:
N Nudo propietario
T Titular
U Usufructuario
O Otro derecho real
195-199NuméricoPORCENTAJE DE TITULARIDAD DEL INMUEBLE.Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero o partícipe, se consigne una "C", se consignará el porcentaje de titularidad o de derechos reales de uso en el inmueble del socio, heredero, comunero o partícipe.Se subdivide en dos campos:
195-197PARTE ENTERA. Figurará la parte entera del porcentaje. Si no tiene, se consignará a ceros.
198-199PARTE DECIMAL. Figurará la parte decimal del porcentaje. Si no tiene, se consignará a ceros.
200-202NuméricoORDEN DE LA RETENCIÓN AL SOCIO. Cuando en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, se consigne la letra "A", "C", "D", "F" o "G" y se declare la retención asociada consignado la letra "K" en el campo "CLAVE", que ocupa la posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, se indicará en este campo el número de orden asociado a ambas claves (mismo número para la clave "K· que para la clave "A", "C", "D", "F" o "G").
(Redacción dada por la Orden Foral 1/2023, de 11 de enero, BON nº 24, de 3.02.23, artículo segundo, punto Tres que modifica el tipo de registro 2, posiciones 203 y siguientes, con efectos desde el 1 de enero de 2023):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
203-205 Numérico."NÚMERO DE DÍAS DE ARRENDAMIENTO O CESIÓN DE USO Y DISFRUTE DEL INMUEBLE. Cuando en el campo "CLAVE" que ocupa la posición 93, del registro de tipo 2 (registro de socio, heredero, comunero o partícipe), se consigne la letra "C", se consignará el número de días del ejercicio en los que el inmueble del que proceden los rendimientos de capital inmobiliario, ha estado arrendado o cedido su uso y disfrute.
206-500.BLANCOS
(Redacción anterior de la posición 203 y siguientes, la dada originariamente por la presente Orden Foral):
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
203-500BLANCOS
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.