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LEY FORAL 21/2012, DE 26 DE DICIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE DIVERSOS IMPUESTOS Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS (Artículo 7. IMPUESTOS SOBRE LA PRODUCCIÓN DE COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y RESIDUOS RADIACTIVOS RESULTANTES DE LA GENERACIÓN DE ENERGÍA NUCLEOELÉCTRICA, Y SOBRE EL ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y RESIDUOS RADIACTIVOS EN INSTALACIONES CENTRALIZADAS)

Índice:

Artículo 7. Impuestos sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, y sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. Con efectos a partir del 1 de enero de 2013

REFERENCIAS NORMATIVAS


(BON nº 253, de 31.12.12)

Artículo 7. Impuestos sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, y sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. Con efectos a partir del 1 de enero de 2013
1. Serán de aplicación en la Comunidad Foral de Navarra el impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, y el impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y de residuos radiactivos en instalaciones centralizadas.
2. En la exacción de los mencionados impuestos será de aplicación la normativa estatal que los regule.
3. La Comunidad Foral de Navarra respetará los criterios de armonización que convenga con el Estado.

REFERENCIAS NORMATIVAS
Los Impuestos sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, y sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas se regulan en el artículo 7 de la Ley Foral 21/2012, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias (BON nº 253, de 31.12.12) con efectos a partir del día 1 de enero de 2013.
La presente edición recoge íntegro el texto originario que, desde su publicación, y hasta la fecha de esta edición, no ha sufrido ninguna modificación.
La regulación estatal de estos impuestos se encuentra en el Título II de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, publicada en el BOE nº 312, de 28.12.12.
La función de esta edición es recopilatoria y divulgativa, y su contenido en ningún caso puede ser considerado como un texto de carácter oficial, carácter reservado a los publicados en el Boletín Oficial de Navarra.