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ORDEN FORAL 73/2023, de 6 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se fijan los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Foral de Navarra para el año 2024.

Índice:

Exposición de motivos

REFERENCIAS NORMATIVAS


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(BON nº 236, de 14.11.2023)

Exposición de motivos
En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el libro II, en su capítulo II, las relaciones con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Hacienda Foral de Navarra.
El artículo 81.1 de dicho Reglamento establece que el consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo, forma y demás condiciones en que las entidades colaboradoras efectuarán el ingreso de las cantidades recaudadas y remitirán la correspondiente información al Departamento de Economía y Hacienda.
El artículo 81.2 del Reglamento contempla una periodicidad quincenal. La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2, de los días inhábiles de Pamplona.
La Orden Foral 114/2021, de 18 de octubre, de la consejera de Economía y Hacienda, modificó la Orden Foral 80/2008, de 23 de abril, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra en materia de domiciliación bancaria de pagos relativos a determinadas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias. Como consecuencia de la modificación establecida en el apartado dos del artículo único de la citada Orden Foral 114/2021, interesa modificar determinados plazos, con el fin de que la recaudación de dicha quincena recoja los cobros obtenidos por la domiciliación de las obligaciones tributarias. Del mismo modo, se han modificado determinadas fechas de abono en cuenta para adecuar los flujos financieros a las necesidades presupuestarias y de tesorería.
En consecuencia,
ORDENO:
1.º Para el año 2024, los plazos y fechas fijados para el abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra y para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las entidades colaboradoras de la Hacienda Foral de Navarra, serán las que se detallan a continuación:
Plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Foral de Navarra para el año 2024
QUINCENAS 2024
MESESDENOMIN./MESNÚMERO ORDENDÍAS QUINCENA (AMBOS INCLUSIVE)FECHA VALOR ABONO EN CTA.CTE.GENERALFECHA LÍMITE PRESENTACIÓN DOCUMENTOS O ENVÍO TELEMÁTICO
Enero1.ª127 de diciembre5 de enero10 de enero11 de enero
Enero2.ª26 de enero22 de enero29 de enero30 de enero
Febrero1.ª323 de enero5 de febrero12 de febrero13 de febrero
Febrero2.ª46 de febrero20 de febrero26 de febrero27 de febrero
Marzo1.ª521 de febrero5 de marzo11 de marzo12 de marzo
Marzo2.ª66 de marzo20 de marzo25 de marzo26 de marzo
Abril1.ª721 de marzo5 de abril10 de abril11 de abril
Abril2.ª86 de abril25 de abril29 de abril2 de mayo
Mayo1.ª926 de abril6 de mayo13 de mayo14 de mayo
Mayo2.ª107 de mayo20 de mayo27 de mayo28 de mayo
Junio1.ª1121 de mayo5 de junio10 de junio11 de junio
Junio2.ª126 de junio20 de junio25 de junio26 de junio
Julio1.ª1321 de junio5 de julio10 de julio11 de julio
Julio2.ª146 de julio22 de julio29 de julio30 de julio
Agosto1.ª1523 de julio5 de agosto12 de agosto13 de agosto
Agosto2.ª166 de agosto20 de agosto26 de agosto27 de agosto
Septiembre1.ª1721 de agosto5 de septiembre10 de septiembre11 de septiembre
Septiembre2.ª186 de septiembre25 de septiembre30 de septiembre1 de octubre
Octubre1.ª1926 de septiembre7 de octubre14 de octubre15 de octubre
Octubre2.ª208 de octubre24 de octubre28 de octubre30 de octubre
Noviembre1.ª2125 de octubre5 de noviembre11 de noviembre12 de noviembre
Noviembre2.ª226 de noviembre20 de noviembre25 de noviembre26 de noviembre
Diciembre1.ª2321 de noviembre5 de diciembre10 de diciembre11 de diciembre
Diciembre2.ª246 de diciembre26 de diciembre30 de diciembre2 de enero
2.º El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por correo electrónico a la Sección de Tesorería (seccion.tesoreria@navarra.es) antes de las 15 horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.
3.º Notificar esta orden foral al Servicio de Presupuestos y Programación Económica, al Servicio de Contabilidad, al Servicio de Intervención, al Servicio de Recaudación, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las entidades financieras colaboradoras, y disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

REFERENCIAS NORMATIVAS
La Orden Foral 73 /2023, de 6 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se fijan los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Foral de Navarra para el año 2024, fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra nº 236, de 14 de noviembre de 2023.
El presente texto recoge íntegra la norma originaria que desde la fecha de su publicación hasta la fecha de esta edición no ha sufrido ninguna modificación.
La función de esta edición es recopilatoria y divulgativa, y su contenido en ningún caso puede ser considerado como un texto de carácter oficial, carácter reservado a los publicados en el Boletín Oficial de Navarra.