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(Derogada) ORDEN FORAL 2/2011, de 24 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, aprobando los modelos 600 y 605, de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y A.J.D., modalidades T.P. Onerosas y Operaciones Societarias y modalidad A.J.D. (derogada desde 20/12/2023)

Índice:

Exposición de motivos

Artículo 1. Aprobación del modelo 600 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados correspondiente a las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Operaciones Societarias

Artículo 2. Aprobación del modelo 605 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados correspondiente a la modalidad de Actos Jurídicos Documentados

Artículo 3. Obligación de declarar

Artículo 4. Lugar, plazo de presentación y forma de pago

Artículo 5. Condiciones generales para la presentación telemática por Internet de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 600 y 605

Artículo 6. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 600 y 605

Artículo 7. Remisión de documentos anejos a las autoliquidaciones presentadas por vía telemática.

Artículo 7. Remisión de documentos anejos a las autoliquidaciones presentadas por vía telemática

Artículo 8. Verificación del justificante de presentación y pago por los registros públicos

Artículo 9. Remisión de documentos anejos a las autoliquidaciones presentadas en soporte papel

Disposición transitoria primera. Constitución de sociedades

Disposición transitoria segunda. Presentación telemática opcional

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Disposición final única. Entrada en vigor

REFERENCIAS NORMATIVAS

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV


Exposición de motivos
(BON nº 34, de 18.02.11)
El artículo 39.2 del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, dispone que los sujetos pasivos, al tiempo de presentar su declaración del Impuesto, deberán determinar la deuda tributaria correspondiente practicando la autoliquidación del mismo e ingresarla en el lugar, forma y plazos determinados reglamentariamente.
Para la efectiva implantación del sistema de autoliquidación, la Orden Foral 130/1999, de 28 de junio, del Consejero de Economía y Hacienda, aprobó el modelo 600 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales, así como el modelo 605 de autoliquidación del mismo impuesto, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados. Posteriormente, la Orden Foral 278/2001, de 9 de noviembre, aprobó los modelos 600 y 605 en euros, como consecuencia de la adopción de la moneda única europea.
El artículo 44.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, ordena que la tramitación de los expedientes administrativos se apoye en la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos, con respeto de las garantías y cumplimiento de los requisitos previstos en cada caso por el ordenamiento jurídico.
El Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio, por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra, aborda el incremento y el perfeccionamiento de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en la aplicación de los tributos en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra, y ello con el objetivo de, por una parte, facilitar a los obligados tributarios el cumplimiento de las obligaciones tributarias (tanto materiales como formales), por otra, respetar sus derechos y garantías, y, finalmente, lograr un mayor grado de eficacia administrativa en la aplicación de los tributos.
Con la finalidad de avanzar hacia una utilización general de los medios electrónicos para la presentación de declaraciones a la Hacienda Tributaria de Navarra, mediante esta Orden Foral se aprueban los modelos 600 y 605, que podrán presentarse con carácter opcional por vía telemática a través de Internet, salvo en los supuestos expresamente regulados en la Orden Foral 132/2009, de 3 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, en los que tal modalidad tendrá carácter obligatorio. Dicha presentación podrá hacerse en representación de terceros, de conformidad con lo dispuesto en la Orden Foral 130/2009, de 29 de junio, por la que se aprueba el Acuerdo de colaboración externa para realizar en representación de terceras personas la presentación por vía telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios y la tramitación telemática del pago de deudas tributarias.
Teniendo en cuenta que, en el caso de que se trate de autoliquidaciones a ingresar, los modelos 600 y 605 son de pago previo, no se podrán presentar las declaraciones si antes no se ha procedido a la tramitación y acreditación de dicho pago.
Como medio para acreditar la realidad del pago se ha optado por la utilización de un código (el Número de Referencia Completo) generado de manera automática por los sistemas informáticos de las entidades financieras en las que se ha realizado el ingreso y que se hayan adherido al sistema de pago telemático de la Hacienda Tributaria de Navarra. Este sistema, basado en una infraestructura criptográfica, es veraz, seguro, ágil y su utilización está muy difundida entre las entidades financieras. La Hacienda Tributaria de Navarra pretende que todas las entidades financieras de la Comunidad Foral colaboradoras en la gestión recaudatoria se adhieran a este sistema de pagos telemáticos, el cual desde hace tiempo se encuentra operativo en sus aplicaciones telemáticas. De este modo el obligado tributario o su representante, sin necesidad de desplazarse ni a las oficinas tributarias ni a las bancarias, puede realizar todos los trámites desde los servicios web que la Hacienda Tributaria de Navarra pone a su disposición.
No obstante, teniendo en cuenta que en la actualidad no todas las entidades financieras se han adherido a este sistema de pago telemático de la Hacienda Tributaria de Navarra, y con el fin de facilitar el trámite del pago así como su acreditación, se habilita una segunda modalidad para la obtención del Número de Referencia Completo, cual es la posibilidad de guardar un borrador de la declaración en los servicios web de la Hacienda Tributaria de Navarra, obtener los datos del pago a realizar y tramitar, por el sistema que la entidad financiera ponga a disposición de sus clientes (presencialmente o mediante los servicios web de la propia entidad), el pago del Impuesto y la obtención del Número de Referencia Completo. Una vez obtenido, la aplicación informática de la Hacienda Tributaria de Navarra permite recuperar el borrador, completar el apartado reservado al Número de Referencia Completo y presentar la declaración.
Con el fin de facilitar a los obligados tributarios el tránsito de la presentación de las declaraciones en papel a la tramitación telemática, se ha previsto un plazo hasta el 30 de junio de 2011 durante el cual se podrán simultanear ambas posibilidades, de tal forma que los modelos 600 y 605 en soporte papel podrán utilizarse durante dicho plazo también por aquellos que resulten obligados a la presentación telemática, en virtud de la mencionada Orden Foral 132/2009.
El artículo 94.3 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Foral 165/1999, de 17 de mayo, habilita al Consejero de Economía y Hacienda para aprobar los modelos 600 y 605 de autoliquidación del mencionado impuesto.
Del mismo modo, la disposición adicional séptima de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, autoriza al Consejero de Economía y Hacienda a regular mediante Orden Foral los supuestos y condiciones en los que los contribuyentes y las entidades puedan presentar por medios electrónicos, informáticos y telemáticos, declaraciones, comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualesquiera otros documentos exigidos por la normativa tributaria.
En consecuencia,
ORDENO:

Artículo 1. Aprobación del modelo 600 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados correspondiente a las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Operaciones Societarias
1. Se aprueba el modelo 600 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados correspondiente a las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Operaciones Societarias, que figura en el anexo I de esta Orden Foral.
2. La presentación del modelo 600 podrá realizarse en soporte papel o por vía telemática a elección del sujeto pasivo, salvo en el caso de los sujetos pasivos para los que dicha presentación telemática tenga carácter obligatorio. Esta presentación se realizará con arreglo a las condiciones generales y al procedimiento previsto en los artículos 5 y 6, respectivamente.

Artículo 2. Aprobación del modelo 605 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados correspondiente a la modalidad de Actos Jurídicos Documentados
1. Se aprueba el modelo 605 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados correspondiente a la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, que figura en el anexo II de esta Orden Foral.
2. La presentación del modelo 605 podrá realizarse en soporte papel o por vía telemática a elección del sujeto pasivo, salvo en el caso de los sujetos pasivos para los que dicha presentación telemática tenga carácter obligatorio. Esta presentación se realizará con arreglo a las condiciones generales y al procedimiento previsto en los artículos 5 y 6, respectivamente.

Artículo 3. Obligación de declarar
Están obligados a presentar los modelos 600 y 605 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados los sujetos pasivos que, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Convenio Económico, estén obligados a autoliquidar y, en su caso, ingresar el mencionado impuesto en la Hacienda Tributaria de Navarra.
Estos modelos se utilizarán para todas las autoliquidaciones que se practiquen por los conceptos de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, Operaciones Societarias y Actos Jurídicos Documentados, excepto cuando proceda el uso de los modelos 610, 611, 620 y 630.

Artículo 4. Lugar, plazo de presentación y forma de pago
1. Los modelos de autoliquidación aprobados por esta Orden Foral deberán presentarse en el Departamento de Economía y Hacienda de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
2. El plazo de presentación de los modelos de autoliquidación 600 y 605 será de dos meses a contar desde la fecha de devengo del Impuesto. (*)
(*) NOTA: De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto-Ley Foral 4/2020, de 29 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19) (BON nº91, de 4.05.20), el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de mayo de 2020 no computará a efectos de los plazos de presentación e ingreso establecidos en el presente artículo.
3. Los sujetos pasivos vendrán obligados, dentro del plazo al que se refiere el apartado anterior, a ingresar, en cualquier entidad financiera colaboradora de la Hacienda Pública de Navarra, la deuda tributaria resultante de la autoliquidación practicada. Para efectuar el ingreso correspondiente a los modelos 600 y 605, utilizarán las cartas de pago 770 y 771, respectivamente, que figuran en los anexos I y II de esta Orden Foral. Además, podrán realizar el ingreso a través de cualquiera de los restantes medios de pago admitidos a tal efecto.

Artículo 5. Condiciones generales para la presentación telemática por Internet de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 600 y 605
1. La presentación telemática de las declaraciones correspondientes a los modelos 600 y 605 estará sujeta a las siguientes condiciones:
a) El declarante deberá disponer de Número de Identificación Fiscal (NIF).
b) El declarante deberá disponer de un certificado electrónico reconocido por la Hacienda Tributaria de Navarra, en los términos establecidos en el Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio, por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.
Los prestadores de servicios de certificación y los certificados electrónicos autorizados se encuentran relacionados en el apartado correspondiente, al que se accede a través de la dirección de Internet http: //www.hacienda.navarra.es.
c) Si el presentador es una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas, deberá disponer del certificado electrónico reconocido por la Hacienda Tributaria de Navarra, al que se refiere la letra b) anterior.
d) Para efectuar la presentación telemática el declarante o, en su caso, el presentador autorizado deberán utilizar previamente un programa de ayuda para obtener el fichero con la declaración a transmitir. El programa de ayuda podrá ser el desarrollado por la Hacienda Tributaria de Navarra para las declaraciones correspondientes a los modelos 600 y 605 u otro que obtenga un fichero con el mismo formato.
El contenido de dichos ficheros se deberá ajustar a los diseños de registros establecidos en los anexos llI y IV de la presente Orden Foral.
e) Los declarantes deberán tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la citada presentación telemática y que se encuentran publicadas en la página web de la Hacienda Tributaria de Navarra, en la dirección de Internet http: //www.hacienda.navarra.es.
2. En aquellos casos en que se detecten anomalías de tipo formal en la transmisión telemática de declaraciones, dicha circunstancia se pondrá en conocimiento del declarante por el propio sistema mediante los correspondientes mensajes de error para que proceda a su subsanación.

Artículo 6. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 600 y 605
Para la presentación telemática por Internet de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 600 y 605 se deberá seguir este proceso:
1º. Cumplimentar la autoliquidación en el programa de ayuda.
2º. Una vez cumplimentada la autoliquidación, es necesario validarla previamente a su presentación.
3º. En las autoliquidaciones en las que resulte una cantidad a ingresar la tramitación del pago es un requisito previo e indispensable a la presentación de la declaración.
La realización del pago se acreditará mediante la comunicación a la Hacienda Tributaria de Navarra del Número de Referencia Completo correspondiente a dicho pago.
a) Si el pago, bien en nombre propio, bien en representación de terceros en cualquiera de las dos modalidades previstas en la Orden Foral 130/2009, de 29 de junio, es tramitado mediante el cargo en cuenta abierta en una entidad financiera que se haya adherido al sistema de pago telemático de la Hacienda Tributaria de Navarra, será el propio programa de ayuda el que facilite este trámite al obtener el Número de Referencia Completo.
Una vez obtenido e incorporado el Número de Referencia Completo por este sistema, el presentador enviará la declaración a través del programa de ayuda, sin que sea preciso realizar más trámites.
La lista de entidades financieras adheridas al sistema de pago telemático de la Hacienda Tributaria de Navarra figura en el servicio de pago al que se accede a través del citado programa de ayuda de presentación de autoliquidaciones.
b) Si el pago no es tramitado mediante el cargo en cuenta abierta en una entidad financiera adherida al sistema de pago telemático de la Hacienda Tributaria de Navarra, la obtención del Número de Referencia Completo deberá facilitarse por la entidad financiera de depósito que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria, bien presencialmente, bien a través del medio que dicha entidad ponga a disposición de sus clientes. Obtenido así el Número de Referencia Completo, deberá consignarse en la declaración del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados antes de su presentación a la Hacienda Tributaria de Navarra.
Para facilitar la obtención del Número de Referencia Completo en esta segunda modalidad, el programa de ayuda de presentación telemática del Impuesto permitirá guardar un borrador con los datos debidamente cumplimentados y obtener una carta de pago por el importe que figure en el borrador. Una vez efectuado el pago, se podrá recuperar ese borrador y tramitarlo como declaración, una vez incluido el Número de Referencia Completo.
4º. Enviar la declaración. Una vez cumplimentada la declaración y pagada en su caso, se autoriza el envío de la autoliquidación. En el envío se puede incluir más de una declaración.
La Administración verificará la validez de los envíos realizados y generará un número de lote de presentación de autoliquidaciones por cada uno de los modelos.
Una vez validados los lotes de presentación de autoliquidaciones, el sistema le responderá con el número de recibo, fecha y hora de presentación.
5º. A continuación, la Administración verificará la correspondencia de cada una de las autoliquidaciones presentadas con el Número de Referencia Completo incorporado en la remisión de aquellas en las que resulte una cantidad a ingresar y, cuando éste sea conforme, la Administración generará una declaración.
Una vez verificado tanto el envío realizado como las autoliquidaciones que lo componen, se podrá comprobar su resultado desde la aplicación de consulta de declaraciones disponible en la dirección de internet http: //www.hacienda.navarra.es, y obtener desde la misma un justificante de la presentación y pago telemático.
6º. Este justificante de presentación y pago telemático servirá a todos los efectos como justificante de la presentación y pago telemático.
(Redacción dada por la Orden Foral 45/2020, de 31 de marzo, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifican la Orden Foral 2/2011, de 24 de enero, referente a los modelos 600 y 605 de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados y la Orden Foral 95/2019, de 1 de julio, referente a los modelos 660, 661 y 651 de Sucesiones y Donaciones (BON nº 72, de 3.04.2020), artículo uno, con efectos a partir del 4 de abril de 2020):

Artículo 7. Remisión de documentos anejos a las autoliquidaciones presentadas por vía telemática.
1. Los sujetos pasivos o presentadores de las autoliquidaciones por vía telemática reguladas en esta Orden Foral deberán presentar los documentos que motivan dichas liquidaciones por vía telemática, dentro de los quince días siguientes a la fecha de presentación de las citadas autoliquidaciones.
A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se exceptúa del deber de adjuntar el documento que motiva la declaración únicamente en aquellos casos en los que dicho documento sea un documento público notarial y el notario autorizante del mismo envíe a Hacienda Foral de Navarra copia electrónica de dicho documento por vía telemática conforme a lo previsto en el artículo 17 bis de la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862.
2. La presentación de los documentos a que se refiere el apartado 1 deberá realizarse a través de la aplicación "Adjuntar documentos a una declaración tributaria presentada previamente" (u otra aplicación que le sustituya) disponible en la página web de Hacienda Foral de Navarra, en la siguiente dirección https://hacienda.navarra.es, dándose por concluida la tramitación. El procedimiento para la presentación telemática de la documentación a través de la aplicación anterior será el especificado en la misma.
(Redacción anterior de este artículo: la dada originariamente por la presente Orden Foral):

Artículo 7. Remisión de documentos anejos a las autoliquidaciones presentadas por vía telemática
Los sujetos pasivos o presentadores de las autoliquidaciones por vía telemática reguladas en esta Orden Foral deben presentar los documentos que motivan dichas liquidaciones dentro de los quince días siguientes a la fecha de presentación de las citadas autoliquidaciones por vía telemática.
La presentación de los documentos a que se refiere el párrafo anterior deberá realizarse en cualquiera de las Oficinas que la Hacienda Tributaria de Navarra dispone para la atención al público.
Dicha presentación se completará con un justificante en el que conste el presentador y se haga una relación e identificación de los documentos presentados. Dicho justificante se obtendrá desde el programa de ayuda por medio del cual se ha realizado el envío telemático de las autoliquidaciones y constará de dos ejemplares: uno para el interesado y otro para la Administración.
No será precisa dicha presentación cuando el Notario autorizante del documento público que motiva la autoliquidación envíe a la Hacienda Tributaria de Navarra copia electrónica del mismo por vía telemática conforme a lo previsto en el artículo 17 bis de la Ley del Notariado.

Artículo 8. Verificación del justificante de presentación y pago por los registros públicos
Previa autorización expresa del declarante, el contenido de las autoliquidaciones, presentadas por vía telemática o en soporte papel, podrá consultarse por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, a través de un servicio web disponible en la dirección de Internet http: //www.hacienda.navarra.es, al objeto de que los documentos que contengan el acto o contrato sometido al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se admitan y surtan efectos en dichos registros públicos.
De igual manera, se habilitará un servicio web de acceso público y disponible en la dirección http: //www.hacienda.navarra.es que permita la verificación de la concordancia entre el justificante de presentación o pago telemático y los datos que constan en la Hacienda Tributaria de Navarra.

Artículo 9. Remisión de documentos anejos a las autoliquidaciones presentadas en soporte papel
Los sujetos pasivos o presentadores de las autoliquidaciones reguladas en esta Orden Foral deben presentar los documentos que motivan dichas liquidaciones, en el mismo momento en el que se realice la presentación de las declaraciones en soporte papel.
La presentación de los documentos a que se refiere el párrafo anterior deberá realizarse en cualquiera de las Oficinas que la Hacienda Tributaria de Navarra dispone para la atención al público.

Disposición transitoria primera. Constitución de sociedades
Se exceptúa de la obligación de presentación telemática establecida en la Orden Foral 132/2009, de 3 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, el supuesto de constitución de sociedades contemplado en el artículo 12.1.1º del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en tanto no se desarrolle el procedimiento de obtención del NIF provisional por vía telemática, así como la presentación de autoliquidaciones acompañadas de una solicitud de fraccionamiento del pago resultante de las mismas, hasta que no se desarrolle dicha modalidad de presentación. La presentación de estas declaraciones se realizará en soporte papel.

Disposición transitoria segunda. Presentación telemática opcional
Durante el periodo comprendido entre la entrada en vigor de esta Orden Foral y el 30 de junio de 2011, los sujetos pasivos obligados a la presentación telemática de los modelos 600 y 605 podrán presentarlos, opcionalmente, tanto por vía telemática como en soporte papel.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa
A partir de la entrada en vigor de esta Orden Foral, queda derogada, en lo que se refiere a los modelos 600 y 605, la Orden Foral 278/2001, de 9 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos F-67, F-69,J-10, J-20, J-30, CAT-06, CAT-08, FR-2, 038, 181, 182, 190, 199, 211, 212, 213, 214, 308, 309, 318, 319, 345, 480, 565, 600, 605, 610, 620 y 630 en euros.

Disposición final única. Entrada en vigor
Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

REFERENCIAS NORMATIVAS
La Orden Foral 2/2011, de 24 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos 600 y 605 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidades Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Operaciones Societarias y modalidad Actos Jurídicos Documentados, respectivamente, fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra (BON) nº 34, de 18 de febrero de 2011.
Regulaciones posteriores han modificado el articulado de esta norma o bien la han complementado en algunos aspectos. Son las siguientes:
1º) Orden Foral 45/2020, de 31 de marzo, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifican la Orden Foral 2/2011, de 24 de enero, referente a los modelos 600 y 605 de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados y la Orden Foral 95/2019, de 1 de julio, referente a los modelos 660, 661 y 651 de Sucesiones y Donaciones. (BON nº 72, de 3.04.2020)
2º) Decreto-Ley Foral 4/2020, de 29 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19) (BON nº91, de 4.05.20)
El texto completo de cada una de las anteriores normas puede obtenerse acudiendo al BON en el que fueron publicadas o acudiendo a las Recopilaciones Cronológicas tributarias de cada año, ofrecidas también en Internet en la web de la Hacienda Foral de Navarra.
El presente texto recoge íntegra la norma originaria, todas las modificaciones que se han realizado en su articulado, y las disposiciones específicas que la complementan.
Para su correcta comprensión hay que tener en cuenta:
- El texto vigente de la norma se recoge en párrafos sin margen, con letra normal si proceden del texto originario y con letra cursiva si proceden de una modificación posterior. Si la modificación ha sido publicada con posterioridad al 20 de enero de 2020, el texto figurará, además, en negrita.
- Los textos no vigentes se recogen en párrafos de margen interior (sangría) y con letra cursiva.
- Las disposiciones específicas complementarias se recogen con indicación (*) (NOTA), diferente letra cursiva y entrecomillados; si están vigentes, con párrafos sin margen, y si no están vigentes, con párrafos de margen interior (sangría).
- La referencia informativa a la norma modificadora se recoge en breve párrafo de diferente letra y alineación derecha, precediendo a las modificaciones correspondientes (las modificaciones introducidas por cada referencia son las contenidas en los párrafos que la siguen hasta la aparición de una nueva referencia informativa o hasta el cambio del estilo visual de los párrafos tributarios).
La función de esta edición es recopilatoria y divulgativa, y su contenido en ningún caso puede ser considerado como un texto de carácter oficial, carácter reservado a los publicados en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO I
[El BON incluye, sin que sea reproducido en este texto, el diseño del modelo 600 y de la carta de pago 770]

ANEXO II
[El BON incluye, sin que sea reproducido en este texto, el diseño del modelo 605 y de la carta de pago 771]

ANEXO III
Diseños de registros a los que deben ajustarse los ficheros de las autoliquidaciones a transmitir del modelo 600
TIPO DE REGISTRO 0: PRESENTADOR
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '0' (cero).
2-4AlfanuméricoModelo de presentación.Constante '600'.
5-8NuméricoEjercicio. Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponden las declaraciones incluidas en el soporte.
9-17AlfanuméricoNIF del presentador. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
18-57AlfabéticoApellidos y nombre o Razón social del presentador. Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden. Para personas jurídicas se consignará la razón social completa, sin anagramas.
58-109AlfanuméricoRelleno a blancos.
110-157NuméricoContadores de registros incluidos en el soporte.
110-117Número de registros de tipo 1.
118-125Número de registros de tipo 2.
126-133Número de registros de tipo 3.
134-141Número de registros de tipo 4.
142-149Número de registros de tipo 5.
150-157Número de registros de tipo 6.
158AlfabéticoTipo presentación. 'T': telemática.
159-207AlfanuméricoPersona con quien relacionarse.Este campo se subdivide en dos:
159-167Teléfono. Numérico de 9 posiciones.
168-207Apellidos y nombre. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante.
208-237AlfabéticoRelleno a blancos.
238-250AlfanuméricoVersión programa de ayuda. Campo reservado para presentaciones cumplimentadas por los programas de ayuda desarrollados por Hacienda. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.
TIPO DE REGISTRO 1: DECLARANTE
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '1' (uno).
2-4AlfanuméricoModelo de presentación. Constante '600'.
5-8NuméricoEjercicio. Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.
9-11NuméricoPeriodo.
9-9Trimestre al que corresponde la declaración. Valores: mensuales y trimestrales: 1, 2, 3 o 4; anuales: 0 (cero).
10-11Mes al que corresponde la declaración. Valores: mensuales: 01, 02, ... 12; trimestra-les y anuales: 00 (ceros).
12-17NuméricoNúmero de la declaración. Reservado para presentaciones telemáticas. Lo rellena el ordenador en el momento de la presentación.
18-26AlfanuméricoNIF del declarante. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
27-66AlfabéticoApellidos y nombre o Razón social del declarante. Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden. Para personas jurídicas se consignará la razón social completa, sin anagramas.
67-80NuméricoRelleno a ceros.
81AlfabéticoTipo presentación. 'T': telemática.
82-130AlfanuméricoPersona con quien relacionarse. Este campo se subdivide en dos:
82-90Teléfono. Numérico de nueve posiciones.
91-130Apellidos y nombre. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante.
131-143NuméricoNúmero de justificante.
144AlfabéticoRelleno a blancos.
145AlfabéticoDeclaración ordinaria o complementaria. Declaraciones ordinarias: se dejará en blanco. Declaraciones complementarias: se consignará una "C".
146-158NuméricoNúmero de justificante de la sustituida. Se rellenará este campo, cuando se trate de una declaración sustitutiva, con el número de justificante de la declaración que ha sido sustituida.
159-178NuméricoCuenta bancaria para devoluciones y pagos. Será necesario indicarla tanto en el caso de solicitar la tramitación del pago por parte de Hacienda como cuando se teclee un NRC conseguido por otros medios diferentes al telemático. En su defecto irá relleno a ceros.
179-179Numérico.Solicitud tramitación del pago por Hacienda.
Valores:
0: indica la no solicitud de tramitación del pago.
1: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago en nombre propio de la declaración telemáticamente.
2: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago actuando el presentador en representación del declarante de la declaración telemáticamente.
3: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago por provisión de fondos por parte del presentador de la declaración telemáticamente.Si se opta por la tramitación del pago por parte de Hacienda, la cuenta bancaria anteriormente anotada deberá pertenecer a una entidad bancaria que acepte la modalidad de tramitación elegida. En caso contrario, el fichero será válido en cuanto a la declaración en él contenida, pero la orden de pago no se tramitará.
180-201AlfanuméricoNRC. NÚMERO DE REFERENCIA COMPLETA. Sólo en declaraciones cuyo importe haya sido pagado. Es un número facilitado por una entidad financiera, una vez efectuado el pago de la declaración.
202-209NuméricoFecha del pago en formato AAAAMMDD. Sólo en declaraciones cuyo importe haya sido pagado.
210-237AlfanuméricoRelleno a blancos.
238-250AlfanuméricoVersión programa de ayuda. Campo reservado para presentaciones cumplimentadas por los programas oficiales de ayuda desarrollados por Hacienda. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.
TIPO DE REGISTRO 2: DATOS NUMÉRICOS DE LA DECLARACIÓN
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '2' (dos).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-46AlfanuméricoCasilla, signo e importe. En este campo deben consignarse datos económicos de la autoliquidación. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro y en su caso el número de decimales. Este campo se subdivide en tres:
27-30Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones. Relleno a cero por la izquierda.
31-31Signo del valor. En blanco si es positivo y una "N" si negativo.
32-46Importe. Numérico de 15 posiciones. Se grabará sin puntos ni comas decimales ajustado a la derecha. La parte decimal se rellenará a ceros por la derecha hasta cumplir el total de decimales correspondientes al dato. La parte entera se rellenará con ceros a la izquierda.
47-226AlfanuméricoCasilla, signo y valor. Nueve repeticiones. Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 27-46 sobre las posiciones 47-66, 67-86, 87-106, 107-126, 127-146, 147-166, 167-186, 187-206, 207-226.
227-250AlfabéticoRelleno a blancos.
TIPO DE REGISTRO 3: DATOS ALFANUMÉRICOS DE LA DECLARACIÓN
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '3' (tres).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-80AlfanuméricoCasilla y detalle del dato. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro. Este campo se subdivide en dos:
27-30Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones. Relleno a cero por la izquierda.
31-80Detalle del dato. Alfanumérico de 50 posiciones. En este campo deben consignarse datos alfanuméricos de la autoliquidación. Se grabará ajustado a la izquierda y rellenos con blancos a la derecha.
81-188AlfanuméricoCasilla y detalle del dato. Dos repeticiones. Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 27-80 sobre las posiciones 81-134, 135-188.
189-250AlfabéticoRelleno a blancos.
TIPO DE REGISTRO 4: INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: IMPUTADO, BIEN, ETC.
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '4' (cuatro).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-35AlfanuméricoNIF del imputado. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
36-44AlfanuméricoNIF del representante legal. Sólo se consignará para el caso de menores de edad que carezcan de NIF.
45-84AlfabéticoApellidos y nombre o Razón social del imputado. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro tipo 1.
85-139AlfanuméricoDomicilio fiscal del imputado. Este campo se subdivide en:
85-86Siglas de la vía pública.
87-106Nombre de la vía pública.
107-111Número de la casa o punto ki-lométrico (sin decimales). Ha de ser numérico de cinco posiciones.
112-113Escalera.
114-115Piso.
116-117Puerta.
118-122Código postal. Numérico de 5 posiciones.
123-134Municipio del imputado. Ocupa doce posiciones. Si el nombre excede de doce caracteres se consignarán los doce primeros sin artículos ni preposiciones.
135-136Código provincia. Se consignarán con carácter general lo dos dígitos que correspondan al có-digo de provincia. Para residentes en el extranjero se grabará 98.
137-139Código del país. Se rellenará sólo para residentes en el extranjero. Ver anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, del Consejero de Economía y Hacienda (Boletín Oficial de Navarra número 156, de 24 de diciembre de 2008).
140-142NuméricoTipo de imputado o bien. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro.
143-148AlfabéticoResto del NIF del imputado. Sólo para NIFs extranjeros. Cuando el NIF exceda de 9 caracteres los 9 primeros irán sobre las posiciones 18-26 y los restantes en este campo ajustados a la izquierda con blancos a la derecha. En cualquier otro caso se escribirán blancos.
149-157NuméricoOrden de imputado o bien. En este campo se recogerá el número de caída que se haya asignado al imputado o bien en la entrada de datos.
158-250AlfabéticoRelleno a blancos.
TIPO DE REGISTRO 5: DATOS NUMÉRICOS DE LA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '5' (cinco).
2-26AlfanúmeroPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-35AlfanuméricoNIF del imputado. Este campo deberá estar ajustado a la dere-cha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
36-55AlfanuméricoCasilla, signo y valor. En este campo deben consignarse datos económicos o numéricos de la autoliquidación. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro y en su caso el número de decimales. Este campo se subdivide en tres:
36-39Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones.
40-40Signo del valor. En blanco si es positivo y una "N" si negativo.
41-55Importe. Numérico de 15 posiciones. Se grabará sin puntos ni comas decimales ajustado a la derecha. La parte decimal se rellenará a ceros por la derecha hasta cumplir el total de decimales correspondientes al dato. La parte entera se rellenará con ceros a la izquierda.
56-235AlfanuméricoCasilla, signo y valor. Nueve repeticiones. Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 36-55 sobre las posiciones 56-75, 76-95, 96-115, 116-135, 136-155, 156-175, 176-195, 196-215, 216-235.
236-250AlfabéticoRelleno a blancos.
TIPO DE REGISTRO 6: DATOS ALFANUMÉRICOS DE LA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '6' (seis).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-35AlfanuméricoNIF del imputado. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
36-89AlfanuméricoCasilla y detalle del dato. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro. Este campo se subdivide en dos:
36-39Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones.
40-89Detalle del dato. Alfanumérico de 50 posiciones. En este campo deben consignarse datos alfanuméricos de la autoliquidación. Se grabarán ajustados a la izquierda y rellenos con blancos a la derecha.
90-197AlfanuméricoCasilla y detalle del dato. Dos repeticiones. Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 36-89 sobre las posiciones 90-143, 144-197.
198-250AlfabéticoRelleno a blancos.
(*) Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
(*) Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
TABLA DE DATOS ESPECÍFICOS DEL MODELO 600
DATOCASILLATIPOLONG.VALIDACIÓNREGISTROCONTENIDO
ModeloA3ObligatorioTodos600
AñoN4ObligatorioTodos
Fecha de devengo02N152aaaammdd rellenos con ceros a la izquierda
Número de justificanteN131Número de carta de pago
Fecha presentaciónN141aaaam-mddhhmmss
Persona de contactoA401Pos. 91-130
Teléfono de contactoN9Pos. 82- 90
Correo electrónico9000A503
Correo electrónico presentador9016A503
Versión Programa AyudaA131Pos.238-205
Sujeto pasivo
NIFA9Obliga-torio1 a 6NIF válido
Apellidos y nombre o razón socialA40Obliga-torio1
Presentador
NIFA90NIF válido
Apellidos y nombre o razón socialA400
Notario (tipo de imputado 244)
Tipo de impuado o bienN34Valor: 244
NIF notario o fedatarioA94
Apellidos y nombre del notario o fedatarioA404
Datos del documento
Público501N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Fecha Documento601N152aaaammdd rellenos con ceros a la izquierda
Año protocolo616N152AAAA relleno con ceros a la izquierda
Numero protocolo617N152
Numero bis del protocolo620A503
Copia618N152Valor: 1 ó 2
Autoridad judicial623A503
Localidad judicial624A503
Número expediente judicial627A503
Letra expediente judicial628A503
Autoridad administrativa633A503
Localidad administrativa634A503
Número Expediente Administrativo637A503
Letra638A503
Privado502N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Lugar de otorgamiento643A503
Hecho imponible
Código650N152
Descripción651A503
OPERACIÓN
Tipo Operación653N152
Descripción Operación654A503
Total operación655N15213 enteros y 2 dec.
Autoliquidación
No sujeción201N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Exención202N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Prescripción203N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Suspensión204N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Fundamento normativo660A503
Clave205N152
Complementaria207N15R1 pos 145 = C2Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Sin liquidación214N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Número de la liquidación anterior208N15R1 pos 146 a 1582
Fecha de presentación209N152aaaammdd rellenos con ceros a la izquierda
Importe ingresado210N15213 enteros y 2 dec.
Base imponible20N15213 enteros y 2 dec.
% Reducción21N15213 enteros y 2 dec.
Reducción base22N15213 enteros y 2 dec.
Porción de base al 5%23N15213 enteros y 2 dec.
Exceso de base al 6%24N15213 enteros y 2 dec.
Base liquidable30N15213 enteros y 2 dec.
% Tipo cuota31N15213 enteros y 2 dec.
Cuota32N15213 enteros y 2 dec.
% Bonificación cuota33N15213 enteros y 2 dec.
Bonificación cuota34N15213 enteros y 2 dec.
% Tipo exceso37N15213 enteros y 2 dec.
Cuota al 5%38N15213 enteros y 2 dec.
Cuota al 6%39N15213 enteros y 2 dec.
Cuota neta40N15213 enteros y 2 dec.
Total a ingresar50N15213 enteros y 2 dec.
% de participación en la operación675N15213 enteros y 2 dec.
Autorización de consulta a la autoliquidación por parte de los Registros Oficiales de la Propiedad y Mercantiles
Autorización Registradores912N15215 enteros
Valor 1, si marcó SÍ
Valor 0, si marcó NO o no se marcó ninguna casilla
RELACIÓN BIENES Y OPERACIONES
BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA (299)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 299
Número expositivo4000N155
Clase de inmueble4021A506
Sigla (Tipo vía)4001A26
Calle (Vía)4002A506
Número portal4003N55
Cont. información portal4015A106
Bloque4016A36
Escalera4004A26
Planta-Piso4005A156
Puerta4006A26
Resto domicilio4017A506
Municipio4008A506
Población4018A506
Provincia4009A506
Código postal4007N555 enteros
Referencia catastral4010A506
Polígono (Navarra)4011N155
Parcela (Navarra)4012N155
Subárea (Navarra)4013N155
Unidad (Navarra)4014N155
Superficie parcela (m²)4102N15513 enteros y 2 dec.
Superficie construida (m²)4026N15513 enteros y 2 dec.
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA (tipo de imputado 230)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 230
Número expositivo4000N15
Municipio4008A506
Población4018A506
Provincia4009A506
Paraje4101A506
Referencia catastral4010A506
Polígono (Navarra)4011N155
Parcela (Navarra)4012N155
Subárea (Navarra)4013N155
Unidad (Navarra)4014N155
Superficie parcela (m²)4102N15513 enteros y 2 dec.
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
PRÉSTAMOS (456)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 456
Número expositivo4000N155
Plazo (Meses)4201N45
Principal4202N15513 enteros y 2 dec.
Responsabilidad Hipotecaria4203N15513 enteros y 2 dec.
Valor Tasación4204N15513 enteros y 2 dec.
Código Finalidad4205N155
Finalidad4206A506
Descripción Finalidad (Otros)4207A506
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
VALORES MOBILIARIOS (457)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 457
Número expositivo4000N155
NIF EmisorA94NIF válido
Razón Social EmisorA504
Número de valores4302N155
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
OTROS BIENES (478)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 478
Número expositivo4000N155
Descripción 14601A506
Descripción 2 (continuación)4602A506
Descripción 3 (continuación)4603A506
Descripción 4 (continuación)4604A506
Descripción 5 continuación)4605A506
Descripción 6 (continuación)4606A506
Descripción 7 (continuación)4607A506
Descripción 8 (continuación)4608A506
Descripción 9 (continuación)4609A506
Descripción 10 (continuación)4610A506
Descripción 11 (continuación)4611A506
Descripción 12 (continuación)4612A506
Descripción 13 (continuación)4613A506
Descripción 14 (continuación)4614A506
Descripción 15 (continuación)4615A506
Descripción 16 (continuación)4616A506
Descripción 17 (continuación)4617A506
Descripción 18 (continuación)4618A506
Descripción 19 (continuación)4619A506
Descripción 20 (continuación)4620A506
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
Adquirente/declarante (404)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 404
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Tipo de derecho4510A506
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Transmitente (405)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 405
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Tipo de derecho4510A506
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Prestamista/acreditante (406)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 406
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Prestatario/acreditado (407)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 407
NIFA404
Apellidos y nombre o razón socialA94
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Fiador/avalista/hipotecante o pignorante por deuda (408)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 408
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Entidad creada, modificada o extinguida (409)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 409
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Datos del pago
Tramitación pagoN11Pos. 179
0 = No solicita tramitación pago
1 = En nombre propio 2 = En representación 3 = Provisión de fondos
Cuenta bancariaA201Pos. 159 a 178
NRCA221Pos. 180 a 201
Fecha de cargoN81Pos. 202 a 209

ANEXO IV
Diseños de registros a los que deben ajustarse los ficheros de las autoliquidaciones a transmitir del modelo 605
TIPO DE REGISTRO 0: PRESENTADOR
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '0' (cero).
2-4AlfanuméricoModelo de presentación. Constante '605'.
5-8NuméricoEjercicio. Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponden las declaraciones incluidas en el soporte.
9-17AlfanuméricoNIF del presentador. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
18-57AlfabéticoApellidos y nombre o Razón social del presentador. Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden. Para personas jurídicas se consignará la razón social completa, sin anagramas.
58-109AlfanuméricoRelleno a blancos.
110-157NuméricoContadores de registros incluidos en el soporte.
110-117Número de registros de tipo 1.
118-125Número de registros de tipo 2.
126-133Número de registros de tipo 3.
134-141Número de registros de tipo 4.
142-149Número de registros de tipo 5.
150-157Número de registros de tipo 6.
158AlfabéticoTipo presentación. T': telemática
159-207AlfanuméricoPersona con quien relacionarse. Este campo se subdivide en dos:
159-167Teléfono. Numérico de 9 posiciones.
168-207Apellidos y nombre. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante.
208-237AlfabéticoRelleno a blancos.
238-250AlfanuméricoVersión programa de ayuda. Campo reservado para presentaciones cumplimentadas por los programas de ayuda desarrollados por Hacienda. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.
TIPO DE REGISTRO 1: DECLARANTE
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '1' (uno).
2-4AlfanuméricoModelo de presentación. Constante '605'.
5-8NuméricoEjercicio. Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.
9-11NuméricoPeriodo
9-9Trimestre al que corresponde la declaración.Valores: mensuales y trimestrales: 1, 2, 3 o 4; anuales: 0 (cero).
10-11Mes al que corresponde la declaración.Valores: mensuales: 01, 02, ... 12; trimestrales y anuales: 00 (ceros).
12-17NuméricoNúmero de la declaración. Reservado para presentaciones telemáticas. Lo rellena el ordenador en el momento de la presentación.
18-26AlfanuméricoNIF del declarante. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
27-66AlfabéticoApellidos y nombre o Razón social del declarante. Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden. Para personas jurídicas se consignará la razón social completa, sin anagramas.
67-80NuméricoRelleno a ceros.
81AlfabéticoTipo presentación. 'T': telemática.
82-130AlfanuméricoPersona con quien relacionarse. Este campo se subdivide en dos:
82-90Teléfono. Numérico de nueve posiciones.
91-130Apellidos y nombre. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante.
131-143NuméricoNúmero de justificante.
144AlfabéticoRelleno a blancos.
145AlfabéticoDeclaración ordinaria o complementaria. Declaraciones ordinarias: se dejará en blanco. Declaraciones complementarias: se consignará una "C".
146-158NuméricoNúmero de justificante de la sustituida. Se rellenará este campo, cuando se trate de una declaración sustitutiva, con el número de justificante de la declaración que ha sido sustituida.
159-178NuméricoCuenta bancaria para devoluciones y pagos. Será necesario indicarla tanto en el caso de solicitar la tramitación del pago por parte de Hacienda como cuando se teclee un NRC conseguido por otros medios diferentes al telemático. En su defecto irá relleno a ceros.
179-179NuméricoSolicitud tramitación del pago por Hacienda. Valores:
0: indica la no solicitud de tramitación del pago.
1: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago en nombre propio de la declaración telemáticamente.
2: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago actuando el presentador en representación del declarante de la declaración telemáticamente.
3: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago por provisión de fondos por parte del presentador de la declaración telemáticamente. Si se opta por la tramitación del pago por parte de Hacienda, la cuenta bancaria anteriormente anotada deberá pertenecer a una entidad bancaria que acepte la modalidad de tramitación elegida. En caso contrario, el fichero será válido en cuanto a la declaración en él contenida, pero la orden de pago no se tramitará.
180-201AlfanuméricoNRC. NÚMERO DE REFERENCIA COMPLETA. Sólo en declaraciones cuyo importe haya sido pagado. Es un número facilitado por una entidad financiera, una vez efectuado el pago de la declaración.
202-209NuméricoFecha del pago en formato AAAAMMDD. Sólo en declaraciones cuyo importe haya sido pagado.
210-237AlfanuméricoRelleno a blancos.
238-250AlfanuméricoVersión programa de ayuda. Campo reservado para presentaciones cumplimentadas por los programas oficiales de ayuda desarrollados por Hacienda. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.
TIPO DE REGISTRO 2: DATOS NUMÉRICOS DE LA DECLARACIÓN
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '2' (dos).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1
27-46AlfanuméricoCasilla, signo e importe. En este campo deben consignarse datos económicos de la autoliquidación. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro y en su caso el número de decimales. Este campo se subdivide en tres:
27-30Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones. Relleno a cero por la izquierda.
31-31Signo del valor. En blanco si es positivo y una "N" si negativo.
32-46Importe. Numérico de 15 posiciones. Se grabará sin puntos ni comas decimales ajustado a la derecha. La parte decimal se rellenará a ceros por la derecha hasta cumplir el total de decimales correspondientes al dato. La parte entera se rellenará con ceros a la izquierda.
47-226AlfanuméricoCasilla, signo y valor. Nueve repeticiones. Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 27-46 sobre las posiciones 47-66, 67-86, 87-106, 107-126, 127-146, 147-166, 167-186, 187-206, 207-226.
227-250AlfabéticoRelleno a blancos.
TIPO DE REGISTRO 3: DATOS ALFANUMÉRICOS DE LA DECLARACIÓN
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro.Constante '3' (tres).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-80AlfanuméricoCasilla y detalle del dato.En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro.Este campo se subdivide en dos:
27-30Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones. Relleno a cero por la izquierda.
31-80Detalle del dato. Alfanumérico de 50 posiciones. En este campo deben consignarse datos alfanuméricos de la autoliquida-ción. Se grabará ajustado a la izquierda y rellenos con blancos a la derecha.
81-188AlfanuméricoCasilla y detalle del dato. Dos repeticiones. Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 27-80 sobre las posiciones 81-134, 135-188.
189-250AlfabéticoRelleno a blancos.
TIPO DE REGISTRO 4: INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: IMPUTADO, BIEN, ETC.
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '4' (cuatro).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-35AlfanuméricoNIF del imputado. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
36-44AlfanuméricoNIF del representante legal. Sólo se consignará para el caso de menores de edad que carezcan de NIF.
45-84AlfabéticoApellidos y nombre o Razón social del imputado. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro tipo 1.
85-139AlfanuméricoDomicilio fiscal del imputado. Este campo se subdivide en:
85-86Siglas de la vía pública.
87-106Nombre de la vía pública.
107-111Número de la casa o punto kilométrico (sin decimales). Ha de ser numérico de cinco posiciones.
112-113Escalera.
114-115Piso.
116-117Puerta.
118-122Código postal. Numérico de 5 posiciones.
123-134Municipio del imputado. Ocupa doce posiciones. Si el nombre excede de doce caracteres se consignarán los doce primeros sin artículos ni preposiciones.
135-136Código provincia. Se consignarán con carácter general lo dos dígitos que correspondan al có-digo de provincia. Para residentes en el extranjero se grabará 98.
137-139Código del país. Se rellenará só-lo para residentes en el extranjero. Ver anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, del Consejero de Economía y Hacienda (Boletín Oficial de Navarra número 156, de 24 de diciembre de 2008).
140-142NuméricoTipo de imputado o bien. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro.
143-148AlfabéticoResto del NIF del imputado. Sólo para NIFs extranjeros. Cuando el NIF exceda de 9 caracteres los 9 primeros irán sobre las posiciones 18-26 y los restantes en este campo ajustados a la izquierda con blancos a la derecha. En cualquier otro caso se escribirán blancos.
149-157NuméricoOrden de imputado o bien. En este campo se recogerá el número de caída que se haya asignado al imputado o bien en la entrada de datos.
158-250AlfabéticoRelleno a blancos.
TIPO DE REGISTRO 5: DATOS NUMÉRICOS DE LA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '5' (cinco).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-35AlfanuméricoNIF del imputado. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
36-55AlfanuméricoCasilla, signo y valor. En este campo deben consignarse datos económicos o numéricos de la autoliquidación. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro y en su caso el número de decimales. Este campo se subdivide en tres:
36-39Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones.
40-40Signo del valor. En blanco si es positivo y una "N" si negativo.
41-55Importe. Numérico de 15 posiciones. Se grabará sin puntos ni comas decimales ajustado a la derecha. La parte decimal se rellenará a ceros por la derecha hasta cumplir el total de decimales correspondientes al dato. La parte entera se rellenará con ceros a la izquierda.
56-235AlfanuméricoCasilla, signo y valor. Nueve repeticiones. Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 36-55 sobre las posiciones 56-75, 76-95, 96-115, 116-135, 136-155, 156-175, 176-195, 196-215, 216-235.
236-250AlfabéticoRelleno a blancos.
TIPO DE REGISTRO 6: DATOS ALFANUMÉRICOS DE LA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
POSICIONESNATURALEZADESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1NuméricoTipo de Registro. Constante '6' (seis).
2-26AlfanuméricoPosiciones 2 a 26 del registro tipo 1.
27-35AlfanuméricoNIF del imputado. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.
36-89AlfanuméricoCasilla y detalle del dato. En la tabla de datos específicos del modelo se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro. Este campo se subdivide en dos:
36-39Código de la casilla en el impre-so. Numérico de 4 posiciones.
40-89Detalle del dato. Alfanumérico de 50 posiciones. En este cam-po deben consignarse datos al-fanuméricos de la autoliquida-ción. Se grabarán ajustados a la izquierda y rellenos con blancos a la derecha.
90-197AlfanuméricoCasilla y detalle del dato. Dos repeticiones. Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 36-89 sobre las posiciones 90-143, 144-197.
198-250AlfabéticoRelleno a blancos.
(*) Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
(*) Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
TABLA DE DATOS ESPECÍFICOS DEL MODELO 605
DATOCASILLATIPOLONG.VALIDACIÓNREGISTROCONTENIDO
ModeloA3ObligatorioTodos605
AñoN4ObligatorioTodos
Fecha de devengo02N152aaaammdd rellenos con ceros a la izquierda
Número de justificanteN131Número de carta de pago
Fecha presentaciónN141aaaam-mddhhmmss
Persona de contactoA401Pos. 91-130
Teléfono de contactoN9Pos. 82- 90
Correo electrónico9000A503
Correo electrónico presentador9016A503
Versión Programa AyudaA131Pos.238-205
Sujeto pasivo
NIFA9Obligatorio1 a 6NIF válido
Apellidos y nombre o razón socialA40Obligatorio1
Presentador
NIFA90NIF válido
Apellidos y nombre o razón socialA400
Notario (tipo de imputado 244)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 244
NIF notario o fedatarioA94
Apellidos y nombre del notario o fedatarioA404
Datos del documento
Público501N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Fecha Documento601N152aaaammdd rellenos con ceros a la izquierda
Año protocolo616N152AAAA relleno con ceros a la izquierda
Numero protocolo617N152
Numero bis del protocolo620A503
Copia618N152Valor: 1 ó 2
Autoridad judicial623A503
Localidad judicial624A503
Número expediente judicial627A503
Letra expediente judicial628A503
Autoridad administrativa633A503
Localidad administrativa634A503
Número Expediente Administrativo637A503
Letra638A503
Privado502N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Lugar de otorgamiento643A503
Hecho imponible
Código650N152
Descripción651A503
OPERACIÓN
Tipo Operación653N152
Descripción Operación654A503
Total operación655N15213 enteros y 2 dec.
Autoliquidación
No sujeción201N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Exención202N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Prescripción203N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Suspensión204N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Fundamento normativo660A503
Clave205N152
Complementaria207N15R1 pos 145 = C2Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Sin liquidación214N152Valor 1, indica que la casilla ha sido marcada
Número de la liquidación anterior208N15R1 pos 146 a 1582
Fecha de presentación209N152aaaammdd rellenos con ceros a la izquierda
Importe ingresado210N15213 enteros y 2 dec.
Base imponible20N15213 enteros y 2 dec.
% Reducción21N15213 enteros y 2 dec.
Reducción base22N15213 enteros y 2 dec.
Base liquidable30N15213 enteros y 2 dec.
% Tipo cuota31N15213 enteros y 2 dec.
Cuota32N15213 enteros y 2 dec.
% Bonificación cuota33N15213 enteros y 2 dec.
Bonificación cuota34N15213 enteros y 2 dec.
Cuota neta40N15213 enteros y 2 dec.
Total a ingresar50N15213 enteros y 2 dec.
Autorización de consulta a la autoliquidación por parte de los Registros Oficiales de la Propiedad y Mercantiles
Autorización Registradores912N15215 enteros.
Valor 1, si marcó SÍ. Valor 0, si marcó NO o no se marcó ninguna casilla.
RELACIÓN BIENES Y OPERACIONES
BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA (299)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 299
Número expositivo4000N155
Clase de inmueble4021A506
Sigla (Tipo vía)4001A26
Calle (Vía)4002A506
Número portal4003N55
Cont. información portal4015A106
Bloque4016A36
Escalera4004A26
Planta-Piso4005A156
Puerta4006A26
Resto domicilio4017A506
Municipio4008A506
Población4018A506
Provincia4009A506
Código postal4007N555 enteros
Referencia catastral4010A506
Polígono (Navarra)4011N155
Parcela (Navarra)4012N155
Subárea (Navarra)4013N155
Unidad (Navarra)4014N155
Superficie parcela (m²)4102N15513 enteros y 2 dec.
Superficie construida (m²)4026N15513 enteros y 2 dec.
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA (tipo de imputado 230)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 230
Número expositivo4000N15
Municipio4008A506
Población4018A506
Provincia4009A506
Paraje4101A506
Referencia catastral4010A506
Polígono (Navarra)4011N155
Parcela (Navarra)4012N155
Subárea (Navarra)4013N155
Unidad (Navarra)4014N155
Superficie parcela (m²)4102N15513 enteros y 2 dec.
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
PRÉSTAMOS (456)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 456
Número expositivo4000N155
Plazo (Meses)4201N45
Principal4202N15513 enteros y 2 dec.
Responsabilidad Hipotecaria4203N15513 enteros y 2 dec.
Valor Tasación4204N15513 enteros y 2 dec.
Código Finalidad4205N155
Finalidad4206A506
Descripción Finalidad (Otros)4207A506
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
VALORES MOBILIARIOS (457)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 457
Número expositivo4000N155
NIF EmisorA94NIF válido
Razón Social EmisorA504
Número de valores4302N155
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
OTROS BIENES (478)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 478
Número expositivo4000N155
Descripción 14601A506
Descripción 2 (continuación)4602A506
Descripción 3 (continuación)4603A506
Descripción 4 (continuación)4604A506
Descripción 5 continuación)4605A506
Descripción 6 (continuación)4606A506
Descripción 7 (continuación)4607A506
Descripción 8 (continuación)4608A506
Descripción 9 (continuación)4609A506
Descripción 10 (continuación)4610A506
Descripción 11 (continuación)4611A506
Descripción 12 (continuación)4612A506
Descripción 13 (continuación)4613A506
Descripción 14 (continuación)4614A506
Descripción 15 (continuación)4615A506
Descripción 16 (continuación)4616A506
Descripción 17 (continuación)4617A506
Descripción 18 (continuación)4618A506
Descripción 19 (continuación)4619A506
Descripción 20 (continuación)4620A506
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Valor4540N15513 enteros y 2 dec.
Adquirente/declarante (404)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 404
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Tipo de derecho4510A506
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Transmitente (405)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 405
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Tipo de derecho4510A506
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Prestamista/acreditante (406)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 406
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Prestatario/acreditado(407)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 407
NIFA404
Apellidos y nombre o razón socialA94
Porcentaje4520N15513 enteros y 2 dec.
Fiador/avalista/hipotecante o pignorante por deuda (408)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 408
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Entidad creada, modificada o extinguida (409)
Tipo de imputado o bienN34Valor: 409
NIFA94
Apellidos y nombre o razón socialA404
Datos del pago
Tramitación pagoN11Pos. 179. 0 = No solicita tramitación pago. 1 = En nombre propio 2 = En representación 3 = Provisión de fondos
Cuenta bancariaA201Pos. 159 a 178
NRCA221Pos. 180 a 201
Fecha de cargoN81Pos. 202 a 209